Artículo 29(1)(a) - Órganos jurisdiccionales competentes
De conformidad con el artículo 12 del Código Procesal Civil (Civilný sporový poriadok) (Ley n.º 160/2015), tienen competencia los tribunales comarcales (okresné súdy) y el Tribunal de Ciudad IV de Bratislava (Mestský súd Bratislava IV).
Artículo 29(1)(b) - Procedimiento de revisión
A efectos del artículo 29, apartado 1, letra b), del Reglamento y con arreglo al artículo 398 del Código Procesal Civil, puede interponerse recurso extraordinario de revisión (žalobu o obnovu konania) ante el órgano jurisdiccional competente que haya resuelto en primera instancia, es decir, el tribunal comarcal o tribunal de ciudad correspondiente.
Artículo 29(1)(c) - Medios de comunicación
De conformidad con el artículo 125 del Código Procesal Civil, los escritos pueden presentarse en papel o por vía electrónica. Los escritos presentados sin autorización electrónica deben volver a presentarse en un plazo de diez días en papel o en un formato electrónico autorizado; de lo contrario, no se tendrán en cuenta. El órgano jurisdiccional no intima al interesado a volver a presentar el escrito.
Artículo 29(1)(d) - Idiomas aceptados
La lengua aceptada en el sentido del artículo 21, apartado 2, letra b), del Reglamento es el eslovaco.