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Requerimiento europeo de pago

Austria
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BUSCAR TRIBUNALES/AUTORIDADES COMPETENTES

El motor de búsqueda siguiente le ayudará a encontrar órganos jurisdiccionales y autoridades competentes para un instrumento jurídico europeo concreto. Tenga en cuenta que, aunque se ha hecho todo lo posible por garantizar la exactitud de los resultados, puede haber algunos casos excepcionales relativos a la determinación de la competencia que no se hayan cubierto necesariamente.

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Austria
Procedimientos transfronterizos europeos - requerimiento europeo de pago
* entrada obligatoria

Artículo 29(1)(a) - Órganos jurisdiccionales competentes

El Tribunal Comercial de Viena (Bezirksgericht für Handelssachen) es el único órgano jurisdiccional con competencia para resolver solicitudes relativas a un requerimiento europeo de pago (artículo 252, apartado 2, del Código de Enjuiciamiento Civil austriaco).

Artículo 29(1)(b) - Procedimiento de revisión

Desde el punto de vista del procedimiento, las solicitudes de revisión, de conformidad con el artículo 20, apartados 1 y 2, se tratan como peticiones de restitutio in integrum. No obstante, las resoluciones a favor de una petición, en virtud del apartado 2, son susceptibles de recurso [artículo 252, apartado 5, del Código de Enjuiciamiento Civil (Zivilprozessordnung) austriaco].

Artículo 29(1)(c) - Medios de comunicación

Los documentos a efectos de los procesos monitorios europeos pueden presentarse en papel o por vía electrónica a través de la plataforma de información digital JustizOnline (https://justizonline.gv.at/jop/web/home) o del sitio web del sistema de justicia electrónica (ERV). El ERV requiere un programa informático especial y la intervención de una agencia intermediaria. Puede consultarse una lista actualizada de las agencias intermediarias en la base de datos de edictos (Ediktsdatei) en https://edikte.justiz.gv.at/edikte/km/eredi24.nsf/docs/erv.

Los documentos no se pueden enviar por fax o correo electrónico.

Artículo 29(1)(d) - Idiomas aceptados

La lengua aceptada de conformidad con el artículo 21, apartado 2, letra b) es el alemán.

Además de la lengua oficial (alemán), se puede usar el húngaro ante los Tribunales de Distrito de Oberpullendorf y Oberwart, el esloveno ante los Tribunales de Distrito de Ferlach, Eisenkappel y Bleiburg y el croata ante los Tribunales de Distrito de Eisenstadt, Güssing, Mattersburg, Neusiedl am See, Oberpullendorf y Oberwart.

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