Artículo 71.1.a) – Órganos jurisdiccionales a efectos de la tramitación de las solicitudes de otorgamiento de ejecución y los recursos contra las resoluciones dictadas sobre dichas solicitudes
El tribunal de distrito ubicado en la sede del tribunal regional; en Budapest, el Tribunal Central de Distrito de Buda. Los recursos son sustanciados por los tribunales regionales o, en el caso de Budapest, por el Tribunal Regional de Budapest Capital.
Artículo 71.1.b) – Procedimiento de recurso
Los recursos de los que deba conocer el Tribunal Supremo (Curia) han de ser interpuestos ante el tribunal que haya dictado sentencia en primera instancia.
Artículo 71.1.c) – Procedimiento de reexamen
El procedimiento de revisión del artículo 19 debe iniciarse ante el tribunal de distrito que actuó en primera instancia, de conformidad con las normas relativas a la revisión (artículos 392 a 404 de la Ley CXXX de 2016 sobre el Código Procesal Civil).
Artículo 71.1.d) – Autoridades centrales
Ministerio de Justicia de Hungría
1051 Budapest,
Nádor utca 22,
Teléfono: +36 1 795 5397; +36 1 795 4174
Correo electrónico: nmfo@im.gov.hu
Artículo 71.1.f) – Autoridades competentes en materia de ejecución
En los procedimientos previstos en el artículo 21, apartado 2, el tribunal de distrito ubicado en la sede del tribunal regional o, en Budapest, el Tribunal Central de Distrito de Buda. En los procedimientos previstos en el artículo 21, apartado 3, el tribunal de distrito en cuya jurisdicción esté radicado el agente judicial competente a efectos del proceso de ejecución.
Artículo 71.1.g) – Lenguas aceptadas para las traducciones de documentos
Húngaro
Artículo 71.1.h) – Lenguas aceptadas por las autoridades centrales para las comunicaciones con las demás autoridades centrales
a) Formularios para presentar una solicitud: Húngaro
b) Formularios para formular una petición: Húngaro, inglés o alemán
c) Para otras comunicaciones, y previa solicitud, la Autoridad Central acepta, además del húngaro, el inglés y el alemán.