Artículo 2, punto 1: autoridades que pueden considerarse órganos jurisdiccionales
No aplicable.
Artículo 3, apartado 2: órganos jurisdiccionales requeridos
El tribunal municipal (općinski sud) en cuya demarcación debe llevarse a cabo la actuación procesal es competente para la obtención de pruebas en Croacia.
Artículo 4: órgano central
Ministerio de Justicia, Administración Pública y Transformación Digital de la República de Croacia (Ministarstvo pravosuđa, uprave i digitalne transformacije Republike Hrvatske)
Ulica grada Vukovara 49
10000 Zagreb
Tel.: +385 1 371 40 00
Sitio web: https://mpu.gov.hr/
Artículo 6: lenguas aceptadas para la cumplimentación de los formularios
Se acepta el inglés para cumplimentar los formularios.
Artículo 7: medios aceptados para la transmisión de las solicitudes y de otras comunicaciones
Las solicitudes y las comunicaciones deben enviarse por correo electrónico.
Artículo 19: órgano central o autoridad o autoridad(es) competente(s) responsable(s) de la toma de decisiones sobre las solicitudes de obtención directa de pruebas
Ministerio de Justicia, Administración Pública y Transformación Digital de la República de Croacia (Ministarstvo pravosuđa, uprave i digitalne transformacije Republike Hrvatske)
Ulica grada Vukovara 49
10000 Zagreb
Tel.: +385 13714000
Sitio web: https://mpu.gov.hr/
Artículo 29: convenios o acuerdos en los que sean partes los Estados miembros y que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 29, apartado 2
Tratado entre la República de Croacia y la República de Eslovenia, de 7 de febrero de 1994, sobre asistencia judicial en materia civil y penal.
Artículo 31, apartado 4: notificación sobre la pronta utilización del sistema informático descentralizado
La República de Croacia no podrá contar con el sistema informático descentralizado antes de la fecha exigida por el Reglamento.