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Información para las autoridades que expidan certificados sucesorios europeos

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Malta
Contenido facilitado por
European Judicial Network
(in civil and commercial matters)

1 Tipos de registros existentes en el Estado miembro que contengan información pertinente a efectos sucesorios

  • Registro de la Propiedad
  • Registro de Condominios
  • Registro Civil
  • Registro de Regímenes Económicos Matrimoniales / Registro de Regímenes Económicos de las Uniones Registradas
  • Registro de Actos de Última Voluntad
  • Registro de Certificados Sucesorios Europeos
  • Registro de Bienes Muebles (por ejemplo, vehículos de motor, embarcaciones, buques, aeronaves, pistolas)
  • Registro Mercantil
  • Registro de Valores
  • Registro Concursal
  • Registro de Seguros y Fondos de Pensiones

2 Información de cada uno de los registros del Estado miembro enumerados en el punto 1

Registro de la Propiedad

  • ¿Qué información figura en el registro?

El Registro de la Propiedad recoge información relacionada con los bienes inmuebles inscritos en él, junto con los contratos y otros documentos jurídicos en los que se basa la inscripción. En el Registro de la Propiedad también se conservan los planos de las propiedades en él inscritas.

  • Datos de contacto del registro nacional:

116, Casa Bolino, West Street, La Valeta.

  • ¿Existen registros regionales?

No.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

No procede.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No procede.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

Sí, está a disposición del público.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

No procede.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

Sí.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

La información facilitada sería pertinente para investigaciones relacionadas con el blanqueo de capitales, los delitos económicos, etc.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

No procede.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

No procede.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No procede.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No procede.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

Correo electrónico y servicios postales.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

Por lo general, en inglés o maltés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Copia impresa o electrónica, dependiendo del caso.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

Maltés o inglés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

Depende de la naturaleza de la solicitud y del tipo de autoridad. La tasa puede abonarse en efectivo o mediante cheque.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

Se realiza mediante una declaración de transmisión mortis causa.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión? Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

La declaración de transmisión mortis causa y, en determinados casos, un plano del inmueble.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

La inscripción de un inmueble en el registro dará lugar a un título legal sobre dicho inmueble.

Registro de Condominios

  • ¿Qué información figura en el registro?

En el Registro de Condominios figura información relacionada con los condominios en él inscritos, así como de los administradores respectivos y las normas que regulan los condominios.

  • Datos de contacto del registro nacional:

116, Casa Bolino, West Street, La Valeta.

  • ¿Existen registros regionales?

No.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

No procede.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No procede.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

Sí, está a disposición del público.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

No procede.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

Sí.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

La información facilitada sería pertinente para investigaciones relacionadas con el blanqueo de capitales, los delitos económicos, etc.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

No procede.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

No procede.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No procede.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No procede.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

Correo electrónico y servicios postales.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

Por lo general, en inglés o maltés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Copia impresa o electrónica, dependiendo del caso.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

Maltés o inglés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

Depende de la naturaleza de la solicitud y del tipo de autoridad. La tasa puede abonarse en efectivo o mediante cheque.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

Se realiza mediante una declaración de transmisión mortis causa.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

La declaración de transmisión mortis causa y, en determinados casos, un plano del inmueble.

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

La inscripción de un inmueble en el registro dará lugar a un título legal sobre dicho inmueble.

Registro Civil

  • ¿Qué información figura en el registro?

Conforme al artículo 239 del Código Civil (capítulo 16 de la Legislación de Malta), «[e]n la Oficina de Registro Público de Malta se inscribirán todos los nacimientos, matrimonios y defunciones que tengan lugar en la isla de Malta, así como los actos mencionados en los artículos 244 y 285; y en la Oficina de Registro Público de Gozo se inscribirán todos los nacimientos, matrimonios y defunciones que tengan lugar en las islas de Gozo y Comino».

Por tanto, en términos más sencillos, en cada uno de los cuatro registros (nacimientos, matrimonios, uniones civiles y defunciones) se inscribirán todos los nacimientos, matrimonios, uniones civiles y defunciones que tengan lugar en Malta, así como los nacimientos, matrimonios, uniones civiles y defunciones de los ciudadanos de Malta inscritos o registrados en un país extranjero por una autoridad competente en dicho país, que se inscriben en última instancia en Malta.

  • Datos de contacto del registro nacional:

Dirección:
Onda Building,

Aldo Moro Road,

Marsa

Teléfono:
(+356) 2590 4230

Dirección de correo electrónico: pubreg.civilstatus@gov.mt

  • ¿Existen registros regionales?

Sí, uno en Gozo. El artículo 2 de la Ley de registro público (capítulo 56 de la Legislación de Malta) establece que solo «habrá una Oficina de Registro Público en Malta y otra en Gozo».

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

Una copia de todas las inscripciones realizadas en el Registro Público de Malta se transmite al Registro Público de Gozo y viceversa. Sin embargo, ambas se consideran entidades separadas conforme a la ley.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

Las autoridades de otro Estado miembro pueden ponerse en contacto con el Registro Público de Malta utilizando la información de contacto indicada anteriormente.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

Sí, el artículo 251, apartado 1, del Código Civil (capítulo 16 de la Legislación de Malta) estipula que «[l]os libros, las partidas y los documentos que obran en el registro a que se refieren los artículos precedentes estarán disponibles para su consulta por cualquier persona».

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

Solo se aplican restricciones en casos de adopciones. En tales casos, solo la persona adoptada o el progenitor adoptivo tendrían derecho a solicitar la información.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

Sí, pero solo en determinados casos.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

Algunas autoridades (por lo general con fines de investigación o estadística) están autorizadas por ley a obtener la información necesaria inscrita en una partida de nacimiento/matrimonio/unión civil/defunción. En estos casos, antes de facilitar los datos solicitados, el Registro Público de Malta solicita la disposición legal específica que autoriza a la autoridad nacional a solicitar la información.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

Por motivos de protección de datos, el Registro Público de Malta no facilita información a ninguna persona o autoridad que no esté autorizada por ley a solicitar dicha información. Sin embargo, cualquier autoridad nacional puede, bien mediante solicitud en línea o visitando directamente las dependencias del Registro Público situadas en La Valeta, solicitar un certificado de nacimiento, matrimonio, unión civil o defunción si obran en su poder los datos exigidos (como el nombre, los apellidos, el número de identificación y la fecha del nacimiento, el matrimonio, la unión civil o la defunción).

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

No procede.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

Como mínimo, la autoridad requirente debe proporcionar el nombre y los apellidos de la persona de que se trate, el número de identificación y la fecha de nacimiento, matrimonio, unión civil o defunción respectiva.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No, no es necesario que la autoridad requirente aporte ninguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No, para obtener un certificado de nacimiento, matrimonio, unión civil o defunción, no es necesario indicar el hecho de que la información se solicita con arreglo al artículo 66, apartado 5.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

La autoridad requirente puede solicitar al Registro Público que expida un certificado de nacimiento, matrimonio, unión civil o defunción a través de una solicitud en línea, utilizando el siguiente enlace.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

La información se puede solicitar en maltés o en inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Los certificados expedidos por el Registro Público son una copia auténtica del original registrado y conservado en los archivos del Registro Público. Tras la realización de la solicitud en línea, el certificado respectivo se expide en forma de copia impresa y se envía por correo postal a la dirección indicada en la solicitud en línea.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

La información se proporciona en maltés y en inglés. Asimismo, en caso de solicitarse un certificado multilingüe, el Registro Público solo podría expedir la versión literal de dicho certificado (y no un extracto de este).

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

La tasa que debe abonarse para obtener una versión literal del certificado solicitado es de 9,95 EUR, mientras que la tasa del extracto (que contiene la información más importante) asciende a 2,50 EUR. Si se solicita el certificado multilingüe, se abonará la tasa de 9,95 EUR correspondiente al certificado literal más 10 EUR adicionales. Las tasas se abonan en línea.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

No procede.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

No procede.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

No procede.

Registro de Regímenes Económicos Matrimoniales - Registro de Regímenes Económicos de las Uniones Registradas

  • ¿Qué información figura en el registro?

La información mantenida en el registro se especifica en el artículo 28 de la Ley del notariado y de los protocolos notariales, capítulo 55 de la Legislación de Malta.

  • Datos de contacto del registro nacional:

Dirección: Public Registry Searches Unit, 34 Archbishop Street, La Valeta.

  • ¿Existen registros regionales?

Sí, uno en Gozo.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

Sí.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

La información está a disposición del público.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

No existen restricciones.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

Sí.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

Consulta de personas en relación con transmisiones, pasivos y amortizaciones.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

El director está obligado a entregar a una persona que solicita una consulta un certificado de todas las inscripciones de causas de preferencia realizadas en el registro en relación con un particular, o de las inscripciones de documentos en los que dicho particular fue parte. El único motivo por el que puede no tramitarse una solicitud es debido a la insuficiencia de información exigida para llevar a cabo la consulta.

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

En este registro no se conservan copias del contenido de los testamentos; el notario presenta una nota simple del testamento en la que figura la fecha y la naturaleza del acto y la designación del testador. Para obtener información sobre el contenido de un testamento, es preciso contactar con el notario que publicó el testamento.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

Nombre y apellidos del fallecido, nombre y apellidos del padre del fallecido, nombre y apellidos de soltera de la madre del fallecido, lugar de nacimiento. La autoridad también debe indicar un plazo para la consulta.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).
  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

Puede solicitarse una consulta en nuestro portal en línea.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

En inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Copia impresa certificada.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

La factura y la solicitud se realizan en inglés, pero la consulta en sí consta de notas presentadas en inglés o en maltés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

Sí, existe una tasa que puede abonarse en efectivo, con tarjeta, con cheque o en línea.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

Es preciso ponerse en contacto con un notario.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

Es preciso ponerse en contacto con un notario.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

No procede.

Registro de Actos de Última Voluntad

  • ¿Qué información figura en el registro?

La información mantenida en el registro se especifica en el artículo 28 de la Ley del notariado y de los protocolos notariales, capítulo 55 de la Legislación de Malta.

  • Datos de contacto del registro nacional:

Dirección: Public Registry Searches Unit, 34 Archbishop Street, La Valeta.

  • ¿Existen registros regionales?

Sí, uno en Gozo.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

Sí.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

La información está a disposición del público.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

No existen restricciones.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

Sí.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

Consulta de personas en relación con transmisiones, pasivos y amortizaciones.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

El director está obligado a entregar a una persona que solicita una consulta un certificado de todas las inscripciones de causas de preferencia realizadas en el registro en relación con un particular, o de las inscripciones de documentos en los que dicho particular fue parte. El único motivo por el que puede no tramitarse una solicitud es debido a la insuficiencia de información exigida para llevar a cabo la consulta.

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

En este registro no se conservan copias del contenido de los testamentos; el notario presenta una nota simple del testamento en la que figura la fecha y la naturaleza del acto y la designación del testador. Para obtener información sobre el contenido de un testamento, es preciso contactar con el notario que publicó el testamento.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

Nombre y apellidos del fallecido, nombre y apellidos del padre del fallecido, nombre y apellidos de soltera de la madre del fallecido, lugar de nacimiento. La autoridad también debe indicar un plazo para la consulta.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

Puede solicitarse una consulta en nuestro portal en línea.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

En inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Copia impresa certificada.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

La factura y la solicitud se realizan en inglés, pero la consulta en sí consta de notas presentadas en inglés o en maltés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

Sí, existe una tasa que puede abonarse en efectivo, con tarjeta, con cheque o en línea.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

Es preciso ponerse en contacto con un notario.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

Es preciso ponerse en contacto con un notario.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

No procede.

Registro de Certificados Sucesorios Europeos

  • ¿Qué información figura en el registro?

La información mantenida en el registro se especifica en el artículo 28 de la Ley del notariado y de los protocolos notariales, capítulo 55 de la Legislación de Malta.

  • Datos de contacto del registro nacional:

Dirección: Public Registry Searches Unit, 34 Archbishop Street, La Valeta.

  • ¿Existen registros regionales?

Sí, uno en Gozo.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

Sí.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

La información está a disposición del público.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

No hay restricción.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

Sí.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

Consulta de personas en relación con transmisiones, pasivos y amortizaciones.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

El director está obligado a entregar a una persona que solicita una consulta un certificado de todas las inscripciones de causas de preferencia realizadas en el registro en relación con un particular, o de las inscripciones de documentos en los que dicho particular fue parte. El único motivo por el que puede no tramitarse una solicitud es debido a la insuficiencia de información exigida para llevar a cabo la consulta.

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

En este registro no se conservan copias del contenido de los testamentos; el notario presenta una nota simple del testamento en la que figura la fecha y la naturaleza del acto y la designación del testador. Para obtener información sobre el contenido de un testamento, es preciso contactar con el notario que publicó el testamento.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

Nombre y apellidos del fallecido, nombre y apellidos del padre del fallecido, nombre y apellidos de soltera de la madre del fallecido, lugar de nacimiento. La autoridad también debe indicar un plazo para la consulta.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

Puede solicitarse una consulta en nuestro portal en línea.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

En inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Copia impresa certificada.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

La factura y la solicitud se realizan en inglés, pero la consulta en sí consta de notas presentadas en inglés o en maltés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

Sí, existe una tasa que puede abonarse en efectivo, con tarjeta, con cheque o en línea.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

Es preciso ponerse en contacto con un notario.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

Es preciso ponerse en contacto con un notario.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

No procede.

Registro de Buques

  • ¿Qué información figura en el registro?

Datos sobre el buque, su titularidad y sus cargas.

  • Datos de contacto del registro nacional:

Registrar General of Shipping & Seamen

Merchant Shipping Directorate

Authority for Transport in Malta

Lija LJA 2021

  • ¿Existen registros regionales?

No.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

No procede.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No procede.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

La información contenida en el registro es pública.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

No procede.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

No se requiere autorización para facilitar la información que es pública.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

Toda la información es pública.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

Cuando la información en cuestión no sea de dominio público, dicha información solo podrá facilitarse a otra autoridad nacional por orden de un órgano jurisdiccional de Malta o a instancias de la policía local.

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

No procede.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

Nombre y apellidos del particular, número de pasaporte o número de documento de identidad.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

Preferiblemente, una copia del pasaporte o del documento de identidad.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No necesariamente. La solicitud se tramitará.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

El correo electrónico.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

En inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Copia electrónica.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

En inglés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

No existe tasa, salvo que una autoridad extranjera solicite una transcripción oficial del registro.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

Esto se regula en el artículo 35 de la Ley de Marina Mercante, capítulo 234 de la Legislación de Malta. También se requieren los siguientes documentos:

  1. Declaración notarial que acredite las últimas voluntades del fallecido, sus herederos y la parte que corresponde a cada heredero. La declaración debe apostillarse.
  2. Copia de las últimas voluntades.
  3. Declaración de transmisión.
  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

El nombre del buque.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

La inscripción en el registro constituye una prueba del título legal, sobre la base de los documentos originales presentados por el propietario del buque.

Registro de Sociedades Mercantiles

  • ¿Qué información figura en el registro?

El registro contiene información sobre todos los tipos de sociedades mercantiles, tal y como se estipula en la Ley de Sociedades, capítulo 386 de la Legislación de Malta.

La información incluye el nombre de la sociedad mercantil, el número de inscripción en el registro, el domicilio social, la fecha de constitución, el importe del capital social, que se divide en el capital social autorizado y el capital social emitido; el número de acciones de cada accionista y el porcentaje desembolsado de las acciones respectivas; el nombre, la dirección, el número del documento nacional de identidad y la nacionalidad de los directivos de la sociedad; el nombre, la dirección, el número del documento nacional de identidad y la nacionalidad de los accionistas; el nombre, la dirección, el número del documento nacional de identidad y la nacionalidad del representante legal y judicial; la situación de la sociedad (si está activa, en proceso de concentración, en proceso de conversión, en proceso de disolución o cancelada del registro); los datos del auditor de la sociedad; el número de orden y dirección; todas las notificaciones entregadas al encargado del registro y todas las publicaciones. Si la sociedad se encuentra en proceso de disolución, en el portal también figurará el nombre y la dirección del síndico.

Nombre, fecha de nacimiento, nacionalidad, país de residencia y país de expedición de la información de cada titular real de todas las sociedades mercantiles.

  • Datos de contacto del registro nacional:

Malta Business Registry, AM Business Centre, Labour Road, Zejtun ZTN 2401 – Malta

T: (+356) 22582300

Sitio web: https://mbr.mt/

Portal: https://registry.mbr.mt/ROC/

  • ¿Existen registros regionales?

No, solo hay un registro nacional.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

No procede.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

El Registro de Sociedades Mercantiles nacional de Malta utiliza la infraestructura de la Unión Europea y está, de hecho, interconectado con el sistema de interconexión de los registros empresariales (BRIS). Esta interconexión se mejorará aún más e incorporará información más detallada para transferir todos los datos permitidos y necesarios. Todo ello será posible tras la transposición de la Directiva (UE) 2019/1151 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, por la que se modifica la Directiva (UE) 2017/1132 en lo que respecta a la utilización de herramientas y procesos digitales en el ámbito del Derecho de sociedades.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

La información está a disposición del público a través del siguiente portal.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

El acceso a los datos es gratuito. El acceso a la información contenida en el Registro de Sociedades Mercantiles relativa a los documentos y la información sobre titulares reales está disponible a cambio del pago de una tasa mínima.

Las restricciones relacionadas con el registro de titulares reales de sociedades mercantiles se aplican caso por caso cuando el acceso supondría exponer al titular real al riesgo de fraude, secuestro, chantaje, violencia o intimidación, o cuando el titular real fuera un menor o una persona incapacitada. Tales restricciones se ajustan al artículo 5 de la Directiva relativa a la lucha contra el blanqueo de capitales.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

Sí, el Registro Mercantil de Malta ha formalizado un memorando de entendimiento con una serie de autoridades competentes para compartir sus datos. Los datos se facilitan por medio de un acceso directo a través de la interfaz de programación de la aplicación.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

Se puede acceder al portal del Registro Mercantil de Malta en todo el mundo. Todos los avisos legales entregados al encargado del registro son de acceso público.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

Solo se aplican las restricciones relacionadas con los titulares reales indicadas anteriormente.

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

No procede. El Registro de Sociedades Mercantiles no mantiene información sobre los testamentos registrados.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

La interconexión de los registros mercantiles permite consultas basadas en los datos de las sociedades mercantiles, entre ellos, el nombre y el número registrados.

Puesto que el Registro Mercantil de Malta es un Registro de Sociedades Mercantiles (y no un registro de personas físicas) y el número de identificación personal y domicilio de todos los implicados en las respectivas sociedades mercantiles figura en él, debido a los requisitos del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD), el portal no puede ofrecer criterios de búsqueda basados en personas físicas. Si existiera una base jurídica para una excepción de este tipo, el encargado del registro podrá facilitar dicha información.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No se necesitan documentos justificativos para realizar consultas en el portal sobre sociedades mercantiles. Si es necesario realizar consultas sobre personas físicas y el encargado del registro determina que dicha búsqueda no infringe el RGPD, se requiere un certificado de defunción, junto con el dictamen legal expedido por un asesor jurídico local de que dicha consulta se ajusta a las normas aplicables a la protección de datos.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

Se puede realizar cualquier consulta sobre sociedades mercantiles, puesto que la información es de acceso público. Si se desea realizar una consulta sobre una persona física, se exige una copia de la solicitud.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

El portal del Registro Mercantil de Malta especificado con anterioridad. Si desea realizar alguna consulta específica, se puede enviar un mensaje a legal.enforcement@mbr.mt, seguido del envío de un original a la oficina del Registro Mercantil de Malta.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

En maltés o en inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Depende de la solicitud. Si la copia impresa es suficiente para la autoridad requirente, el Registro Mercantil de Malta enviará una copia impresa. Si se requiere otra forma, haremos todo lo posible por satisfacer dicha petición.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

En maltés o en inglés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

No es necesario pagar ninguna tasa por la información. Si alguno de los documentos solicitados requiere un pago, dicho pago se puede efectuar utilizando una «cuenta recargable» si el usuario del sistema dispone de una cuenta en el portal del Registro Mercantil de Malta, o por medio de tarjeta de crédito si no es un usuario registrado. Para otros servicios, los pagos también se pueden realizar mediante transferencia bancaria o cheque.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

La función del Registro Mercantil de Malta se limita a las acciones o participaciones en sociedades mercantiles, en cuyo caso, la sociedad de que se trate debe presentar una nota de que las acciones o participaciones se han transmitido mortis causa en el plazo de un mes de la fecha en que estas se hayan registrado a nombre de la persona con derecho a figurar como titular de estas. En dicha nota se indican los nombres y las direcciones de las personas con derecho a las acciones o participaciones transmitidas mortis causa. Además, también se debe presentar una notificación del cambio en el registro de titulares reales de la sociedad, junto con una copia auténtica del documento de identificación del titular real. El Comisario de Ingresos debe recibir notificación de la transmisión de las acciones.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Además del procedimiento descrito en la pregunta anterior, el notario responsable de la apertura del testamento del fallecido debe ponerse en contacto con el Registro Mercantil de Malta y este último indicará al notario todas las personas vinculadas al testamento del fallecido.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

La sociedad mercantil solo podrá invocar frente a terceros documentos, certificados u otros escritos concretos que deban entregarse, notificarse o trasladarse al encargado del registro para su inscripción después de que estos hayan sido debidamente publicados en el portal del Registro Mercantil, a menos que la sociedad mercantil demuestre que estos ya eran de dominio público, en cuyo caso la sociedad mercantil podrá invocar dicho documento, certificado u otro escrito concreto aunque este aún no haya sido publicado.

Registro de Resoluciones Concursales

  • ¿Qué información figura en el registro?

Una lista de las sociedades maltesas inscritas que hayan incurrido en insolvencia e información pertinente conforme al artículo 24 del Reglamento (UE) 2015/848, como:

  • la fecha de apertura del procedimiento de insolvencia:
  • el órgano jurisdiccional que abra el procedimiento de insolvencia, y el número de referencia del asunto, si lo hubiera;
  • el tipo de procedimiento de insolvencia iniciado y, en su caso, cualquier subtipo correspondiente de dicho procedimiento iniciado de conformidad con el Derecho nacional;
  • si la competencia para abrir el procedimiento se basa en el apartado 1, el apartado 2 o el apartado 4 del artículo 3 del Reglamento (UE) 2015/848;
  • el nombre, el número de registro y la dirección postal del deudor;
  • el nombre, la dirección postal o el correo electrónico del administrador concursal, si lo hubiera, nombrado en el procedimiento;
  • el plazo de presentación de los créditos, si lo hubiera, o una referencia a los criterios para el cálculo de ese plazo;
  • la fecha de conclusión del procedimiento de insolvencia principal, si la hubiera;
  • el órgano jurisdiccional ante el cual debe impugnarse la resolución de apertura del procedimiento de insolvencia y, en su caso, el plazo para presentar dicha impugnación, o una referencia a los criterios para el cálculo de ese plazo.
  • Datos de contacto del registro nacional:

The Office of the Official Receiver,

AM Business Centre,

Labour Road,

Zejtun ZTN2401,

Malta;

Teléfono: 00356 22582300;

Correo electrónico: ingrid.fenech@officialreceiver.com

  • ¿Existen registros regionales?

Solo hay un registro nacional.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

No procede.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No procede.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

Toda la información contenida en el registro está a libre disposición del público. Todo aquel que desee acceder a la información debe crear una cuenta de usuario gratuita para obtener acceso sin restricciones a todos los datos.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

No procede.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

No.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

No procede.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

No procede.

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

El Registro de Resoluciones Concursales no contiene información sobre testamentos.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

No procede.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

No procede.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No procede.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

El resto de las solicitudes de información se pueden realizar contactando con la oficina del comisario de la quiebra, por correo convencional, correo electrónico o teléfono utilizando los datos de contacto indicados anteriormente.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

La información se puede solicitar en maltés o en inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

El Registro de Resoluciones Concursales no contiene documentos en línea y, por tanto, no facilita copias ni extractos. La documentación registrada relativa a sociedades insolventes puede encontrarse en el Registro Mercantil de Malta y a través del secretario judicial.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

No procede.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

No procede.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

No procede.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

No procede.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

No procede.

Registro de Seguros y Fondos de Pensiones

  • ¿Qué información figura en el registro?

El número del documento de identificación, los ingresos percibidos por el solicitante y el número de cotizaciones abonadas.

  • Datos de contacto del registro nacional:

Department of Social Security

38, Ordnance Street Valletta VLT 1021

Teléfono – Teléfono gratuito 153 Clientes internacionales +356 21255153 (no es un número de teléfono gratuito)

Correo electrónico: social.security@gov.mt

Sitio web: http://www.socialsecurity.gov.mt/

International Relations Unit

38, Ordnance Street Valletta VLT 1021

Teléfono: +356 25903420

Correo electrónico: iru.admit@gov.mt

Sitio web: http://www.socialsecurity.gov.mt/

  • ¿Existen registros regionales?

No.

  • ¿Están interconectados los registros regionales?

No procede.

  • ¿Pueden ponerse en contacto con los registros regionales las autoridades de otro Estado miembro?

No procede.

  • ¿La información contenida en el registro está a disposición del público o existen restricciones de acceso?

Solo puede acceder a la información el interesado previa solicitud.

  • Si existen restricciones de acceso, ¿quién tiene derecho a solicitar información?

Pueden solicitar información el interesado y las autoridades competentes.

  • ¿Tiene competencia la autoridad que lleva el registro en virtud de la legislación nacional para facilitar información a otra autoridad nacional?

No.

En caso afirmativo, ¿qué información puede facilitar la autoridad de registro a otra autoridad nacional con arreglo a la legislación nacional?

No procede.

¿Por qué motivos puede la autoridad de registro negarse a facilitar información a otra autoridad nacional?

No procede.

  • En particular, por lo que respecta a los testamentos registrados, ¿pueden las autoridades que poseen información sobre testamentos en su Estado miembro revelar el contenido de un testamento a las autoridades de otro Estado miembro? Si la respuesta es no, explique si existe algún mecanismo alternativo o un procedimiento específico para obtener la información, incluso si un heredero puede obtener una copia del testamento y de qué forma.

No procede.

  • ¿Qué información debe facilitar la autoridad requirente de otro Estado miembro para que la autoridad de registro requerida pueda consultar el registro? Por ejemplo, nombre del fallecido, número de identificación del fallecido, fecha de nacimiento del fallecido, residencia del fallecido, u otra.

Nombre, apellidos y número de documento de identidad del fallecido.

  • ¿Debe la autoridad requirente aportar alguna prueba justificativa de la información facilitada sobre el fallecido?

Sí.

  • ¿Debe aportar la autoridad requirente pruebas de que solicita información con arreglo al artículo 66, apartado 5? Por ejemplo, una copia de la solicitud de un Certificado Sucesorio Europeo (CSE).

No procede.

  • ¿Qué medios se pueden utilizar para solicitar y proporcionar información? Por ejemplo, correo electrónico u otros medios de transmisión electrónica.

Correo electrónico o carta dirigida al Departamento.

  • ¿En qué idioma se puede solicitar la información?

En maltés o en inglés.

  • ¿En qué forma se proporcionará la información? Por ejemplo, copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa, copia electrónica.

Copia electrónica.

  • ¿En qué idioma se puede proporcionar la información?

En maltés o en inglés.

  • ¿Debe la autoridad requirente pagar una tasa para obtener la información solicitada? ¿Cómo se pagará la tasa?

No procede.

  • ¿Cuáles son los requisitos formales y sustanciales para registrar un cambio de titularidad de bienes registrados resultante de la sucesión? Por ejemplo, documentos de carácter fiscal, lista de derechos reales, pruebas sobre derechos reales, comprobante de aceptación, etc.

No procede.

  • ¿Qué información se requiere para que la autoridad del registro identifique el bien registrado y pueda registrar un cambio de titularidad a raíz de una sucesión?

Por ejemplo, en el caso de bienes inmuebles: dirección exacta, parcela de terreno o número catastral, descripción del inmueble.

No procede.

  • ¿Cuál es el valor jurídico en su Estado miembro de la información mantenida en el registro? Sírvase indicar, en concreto, si, conforme a la legislación nacional, la inscripción en el registro constituye una prueba del título legal.

No procede.

3 Disponibilidad de información sobre cuentas bancarias

  • ¿Existe una autoridad en su Estado miembro que lleve una lista de cuentas bancarias? (Por ejemplo, el banco central).

No.

4 Existencia de un registro de derechos de propiedad intelectual

  • En su Estado miembro, ¿conserva una autoridad o entidad la información sobre los derechos de PI?

La información relativa a marcas de fábrica o de comercio, patentes y diseños se conserva en el Departamento de Comercio como parte del proceso de registro y está disponible fácilmente para el público en general en nuestras bases de datos en línea.

Los datos relacionados con los derechos de autor no se mantienen en el Departamento de Comercio y actualmente no existe ninguna base de datos en la que se recopile la información relacionada con los derechos de autor en Malta.

Con respecto a los datos sobre certificados complementarios de protección, los modelos de utilidad, las topografías de productos semiconductores y las obtenciones vegetales, el Departamento de Comercio no mantiene dicha información.

  • Si la respuesta es afirmativa, indique los datos de contacto (incluido un enlace a una página web, de haberlo) de la entidad o la autoridad nacional competente (por ejemplo, la oficina nacional de la propiedad intelectual) que pueda informar sobre los requisitos para acceder a los registros sobre los derechos de propiedad intelectual.

Commerce Department

Industrial Property Registrations Directorate,

Lascaris Bastions,

Daħlet Ġnien is-Sultan,

La Valeta

Teléfono: +356 2122 6688 o +356 2569 0100

Correo electrónico: ipoffice@gov.mt

Enlace: https://commerce.gov.mt/en/Pages/Home.aspx

5 Otros registros con información pertinente a efectos sucesorios

Ninguno.

6 Disponibilidad de información sobre testamentos cerrados y testamentos no sujetos a obligación de registro

  • ¿Qué autoridades o personas están autorizadas a mantener el testamento?

Según el artículo 528 del capítulo 12 de la Legislación de Malta, el encargado del registro (tribunales de lo civil) recibirá en presencia del juez del tribunal de lo civil (Sala de la Jurisdicción Voluntaria de lo Civil) el testamento secreto que le presente un testador o notario en el registro del tribunal de lo civil, Sala de la Jurisdicción Voluntaria de lo Civil. El encargado del registro anotará los datos que la ley indique. La anotación de estos datos será firmada por el encargado del registro, por el testador o el notario que han presentado el testamento y por el juez. El encargado del registro registrará dichos datos en un libro conservado bajo su custodia a tal fin en el plazo de veinticuatro horas.

  • ¿Están estas autoridades o personas legalmente obligadas a revelar el contenido del testamento después de la muerte del testador?

Según el artículo 533 del capítulo 12 de la Legislación de Malta, cuando vaya a abrirse un testamento (tras el fallecimiento del testador) la Sala de la Jurisdicción Voluntaria designará mediante resolución, tras recibirse en el registro de dicho órgano jurisdiccional la solicitud de una parte interesada, el día, la hora y el lugar de apertura y publicación del testamento, y ordenará la comparecencia de todas las partes interesadas. El testamento lo abrirá el encargado del registro en presencia del juez a la hora y en el lugar designados por la resolución de la Sala de la Jurisdicción Voluntaria.

  • ¿Ante quién deben estas autoridades o personas revelar el contenido del testamento?

Según el artículo 534 del capítulo 12 de la Legislación de Malta, tras la apertura del testamento, este será publicado en presencia del juez y el encargado del registro, por el notario que lo hubiera otorgado o, si dicho notario ha fallecido o está ausente, o no ha podido asistir debido a una enfermedad o por otro motivo, o si el testamento ha sido presentado por el propio testado, por un notario que elegirá la parte que haya solicitado la apertura del testamento.

  • ¿Quién puede solicitar la divulgación del testamento?

Según el artículo 533 del capítulo 12 de la Legislación de Malta, cualquier parte interesada podrá solicitar al tribunal de lo civil, la Sala de la Jurisdicción Voluntaria, la apertura y publicación del testamento secreto.

  • ¿En qué condiciones y procedimientos se divulgará el contenido del testamento?

Según el artículo 534 del capítulo 12 de la Legislación de Malta, tras la apertura del testamento, este lo hace público, en presencia del juez y del encargado del registro, el notario ante el que se otorgó o, si dicho notario ha fallecido o está ausente, o no ha podido asistir debido a una enfermedad o por otro motivo, o si el testamento ha sido presentado por el propio testador, por un notario que elija la parte que haya solicitado la apertura del testamento.

Según el artículo 535 del capítulo 12 de la Legislación de Malta, al publicar el testamento, este se entrega al notario que debe publicarlo. El notario, en presencia del juez, firma un recibo en el libro conservado por el encargado del registro y dicho recibo lo firma también el juez.

Conforme al artículo 32 del capítulo 55 de la Legislación de Malta, el notario que publica un testamento secreto conserva una copia de dicha publicación e inscribe dicha copia como si de un acto inter vivos se tratara.

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