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Información para las autoridades que expidan certificados sucesorios europeos

Flag of Slovenia
Eslovenia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
(in civil and commercial matters)

1 Tipos de registros existentes en el Estado miembro que contengan información pertinente a efectos sucesorios

  • Registro de la Propiedad
  • Registro Civil
  • Registro de Regímenes Económicos Matrimoniales
  • Registros de Actos de Última Voluntad
  • Registro Mercantil de Eslovenia
  • Registro de Vehículos
  • Registro de Embarcaciones Marítimas y Registro de Buques
  • Registro de Aeronaves
  • Registro de Gravámenes no Posesorios y Bienes Muebles Embargados
  • Registro Concursal (anuncios en procedimientos de insolvencia)
  • Registro de Cuentas Corrientes; véase el punto 3
  • Registro de Derechos de Propiedad Intelectual; véase el punto 4
  • Registro Central de Valores Desmaterializados; véase el punto 5
  • Registro de Armas; véase el punto 5

2 Información de cada uno de los registros del Estado miembro enumerados en el punto 1

Registro de la Propiedad

El Registro de la Propiedad es un registro público destinado a la inscripción y publicación de información sobre títulos de propiedad y hechos jurídicos relacionados con ella. Consta de un registro principal y una base de datos de documentos. 

El registro principal contiene información sobre títulos de propiedad y hechos jurídicos relacionados con la propiedad que la ley estipula que deben inscribirse en el registro, mientras que la base de datos de documentos consta de los documentos sobre la base de los cuales se realizó la inscripción en el registro principal. El registro principal se conserva como una base de datos informática central. Toda la información que obra en cada uno de los órganos jurisdiccionales encargados de la llevanza del Registro de la Propiedad de Eslovenia se registra y mantiene en dicha base de datos. La base de datos de documentos también está informatizada. Se almacenan en ella documentos relacionados con los procedimientos del registro de la propiedad iniciados después del 1 de mayo de 2011. No existe un nivel regional de organización u operación en lo que respecta al Registro de la Propiedad, ya que este se mantiene de manera uniforme para todo el país en una base de datos central informatizada. 

La llevanza del Registro de la Propiedad corre a cargo de los tribunales regionales (okrajna sodišča) e implica decidir sobre las inscripciones, realizar inscripciones en el registro principal y mantener la base de datos de documentos. Todas las inscripciones en el Registro de la Propiedad son públicas, como también los son, en determinadas condiciones, los documentos sobre la base de los cuales se realizaron las inscripciones en dicho registro. Así, cualquier persona podrá consultar o copiar información que obra en el registro principal, o solicitar al órgano jurisdiccional encargado de la llevanza del Registro de la Propiedad que expida un extracto certificado. Cualquier persona que demuestre un interés legítimo tiene derecho a solicitar al órgano jurisdiccional encargado de la llevanza del Registro de la Propiedad que le expida una copia de un documento de la base de datos de documentos con un certificado que acredite que el original o una copia certificada del mismo ha sido depositado en la base de datos de documentos, y dicho órgano jurisdiccional debe satisfacer dicha solicitud. La Ley de Registro de la Propiedad (Zakon o zemljiški knjigi) establece las normas sobre los derechos y hechos jurídicos que se inscriben en el Registro de la Propiedad, sobre el procedimiento mediante el cual el órgano jurisdiccional encargado de la llevanza del Registro de la Propiedad (tribunales regionales) decide sobre la inscripción y sobre el funcionamiento y el mantenimiento del Registro de la Propiedad.

El acceso a la información obrante en el registro principal informatizado se proporciona a través del portal web e-ZK (Registro de la Propiedad electrónico) gratuito, que forma parte del portal e-Sodstvo (e-Justicia) (https://evlozisce.sodisce.si/). Deben proporcionarse acceso gratuito y extractos de la siguiente información del registro principal informatizado a todas las personas a través del portal e-ZK:

  1. datos introducidos (actuales) relativos a un inmueble individual (extracto ordinario del Registro de la Propiedad);
  2. datos introducidos previamente relativos a un inmueble individual y que están marcados como eliminados debido a entradas posteriores (extracto histórico del Registro de la Propiedad);
  3. datos sobre un derecho ejercido o un hecho jurídico;
  4. Si en relación con un inmueble se inscribe una notificación de litispendencia (una inscripción auxiliar que anuncia públicamente que se ha iniciado un procedimiento de registro de la propiedad respecto de un inmueble específico, sobre el cual órgano jurisdiccional encargado de la llevanza del Registro de la Propiedad aún no ha tomado una decisión final sobre la inscripción), también los siguientes datos:
  • el estado del procedimiento,
  • el contenido de la propuesta del registro de la propiedad, y
  • El contenido de las decisiones del órgano jurisdiccional encargado de la llevanza del Registro de la Propiedad o del tribunal de segunda instancia en relación con la inscripción.

Estos datos también pueden obtenerse en formato físico, mediante expedición de copias certificadas en papel contra el pago de una tasa en cualquier órgano jurisdiccional encargado de la llevanza del Registro de la Propiedad, notaría o unidad administrativa.

Si bien los datos del registro principal son accesibles para todos, existen ciertas limitaciones cuando se trata de consultas. Debido a los requisitos de protección de datos personales, no se permite el acceso público a los datos de titulares de derechos que no estén vinculados a un inmueble individual, incluso si dicho acceso es técnicamente posible (mediante programación) en el registro principal informatizado. Por lo tanto, nadie tiene derecho a acceder a los datos almacenados en el registro principal informatizado de forma que permita determinar si una persona concreta es propietaria o titular de otros derechos sobre una propiedad. Sin embargo, determinadas personas tienen derecho a consultar y solicitar extractos de dicha información. A saber: 

  1. un acreedor que necesite esta información para hacer valer su reclamación contra esta persona, si prueba esta reclamación con un documento que sea un título ejecutivo con base en el cual se pueda permitir la ejecución contra esta persona, o con otros documentos o pruebas con base en los cuales se pueda permitir la garantía contra esta persona, y otra persona que demuestre un interés legal;
  2. una autoridad estatal, si necesita esta información en un procedimiento que lleva a cabo en relación con esta persona en el ámbito de sus competencias;
  3. un notario, si necesita esta información al ejercer sus funciones notariales de conformidad con la Ley Notarial;
  4. el titular de derechos sobre derechos inscritos a su favor en el Registro de la Propiedad.

El cambio de titularidad de un inmueble en caso de herencia se inscribe de oficio en el Registro de la Propiedad tras la sentencia firme sobre la herencia. El inmueble se inscribe en dicha sentencia con un código de identificación adecuado, de modo que no es necesario presentar otros documentos ni buscar o identificar el inmueble para llevar a cabo la transferencia de propiedad.

En cuanto a la validez legal de los datos sobre derechos inscritos en el Registro de la Propiedad, estos están sujetos al principio de confianza. Quien actúe honestamente en transacciones jurídicas y confíe en los datos sobre derechos inscritos en el registro de la propiedad no sufrirá consecuencias perjudiciales. Las inscripciones de derechos reales tienen efecto formativo, lo que significa que estos derechos sobre bienes inmuebles se adquieren o extinguen desde el momento en que surte efecto la inscripción en el Registro de la Propiedad, salvo disposición legal en contrario. Las inscripciones también tienen efecto publicitario. Esto significa que si se permite la inscripción de un derecho o hecho jurídico, se considera que este derecho o hecho jurídico, que se inscribe en el Registro de la Propiedad, es conocido por todos desde el comienzo del horario oficial del órgano jurisdiccional encargado de la llevanza del Registro de la Propiedad del día hábil siguiente al día en que dicho órgano jurisdiccional inscribió en el Registro de la Propiedad la recepción de la propuesta de inscripción de este derecho o hecho jurídico, o la recepción del documento con base en el cual decidió la inscripción de oficio, y nadie puede alegar que este derecho o hecho jurídico no le era conocido desde ese momento. Si un derecho o hecho jurídico que la ley exige que se inscriba en el Registro de la Propiedad no se inscribe en este, se considera que el tercero desconocía ese derecho o hecho jurídico, salvo prueba en contrario.

Datos de contacto:

  • Tribunal Supremo de la República de Eslovenia (Vrhovno sodišče Republike Slovenije), Tavčarjeva 9, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 366 4444, correo electrónico: urad.vsrs@sodisce.si

Registro Civil

Las autoridades extranjeras no pueden acceder a los datos del Registro Civil. El artículo 27 de la Ley de Registro Civil (Zakon o matičnem registru) estipula que los datos personales del Registro Civil pueden ser utilizados para realizar tareas dentro de su campo de trabajo por los empleados del ministerio responsable de los asuntos internos administrativos y la autoridad competente, y también pueden ser utilizados por otros usuarios que estén autorizados a obtenerlos por ley o con el consentimiento escrito del individuo.

El acceso al Registro Civil es posible a través del portal de gobierno electrónico (eUprava), pero es necesario iniciar sesión con una identidad digital.

Datos de contacto:

  • Ministerio del Interior, Dirección de Asuntos Administrativos Internos, Sector de Registro de Población y Documentos Públicos (Ministrstvo za notranje zadeve, Direktorat za upravne notranje zadeve, Sektor za registracijo prebivalstva in javne listine), Litostrojska cesta 54, 1501 Liubliana, Tel. +386 (0)1 428 4961, correo electrónico: gp.mnz@gov.si.

Registro de Regímenes Económicos Matrimoniales

El Registro de Regímenes Económicos Matrimoniales fue establecido y es mantenido por lel Colegio Notarial de Eslovenia (Notarska zbornica Slovenije) [artículos 90 y 92 del Código de Familia (Družinski zakonik)]. 

De conformidad con el artículo 91 del Código de Familia, el Registro de Regímenes Económicos Matrimoniales contiene información sobre los contratos celebrados con el objeto de establecer regímenes económicos. En el Registro figura la información siguiente:

  • el número de serie y la fecha de entrada; 
  • los nombres de los cónyuges o parejas de hecho, el número del documento nacional de identidad (EMŠO) o la fecha, el lugar y el país de nacimiento de los cónyuges o parejas de hecho que sean ciudadanos extranjeros, y la dirección de residencia permanente o temporal de los cónyuges o parejas de hecho;
  • el nombre y el domicilio social del notario en el que se depositó el contrato de capitulaciones matrimoniales;
  • la fecha de celebración, la fecha de inicio de los efectos, la fecha de modificación y fecha de terminación del contrato de capitulaciones matrimoniales.

Los datos a que se refiere el artículo 91 del Código de Familia se recogen y utilizan para demostrar la existencia de un contrato de capitulaciones matrimoniales (artículo 93, apartado 1, del Código de Familia). La divulgación pública de la existencia del contrato de capitulaciones matrimoniales no excluye las reglas generales sobre la confianza en el Registro de la Propiedad y la presunción de propiedad, que están determinadas por la ley que regula las relaciones de propiedad y la ley que regula el Registro de la Propiedad (artículo 93, apartado 3, del Código de Familia). Si el contrato de capitulaciones matrimoniales no se inscribe en el Registro, se presume en las relaciones con terceros que a las relaciones patrimoniales entre los cónyuges se aplica el régimen económico matrimonial estatutario (artículo 94 del Código de Familia).

El Colegio Notarial de Eslovenia garantiza la divulgación pública de los datos inscritos en el Registro de Regímenes Económicos Matrimoniales. De conformidad con el Artículo 93, apartado 2, del Código de Familia, son públicos los siguientes datos que constan en un contrato de capitulaciones matrimoniales:

  • los nombres y las direcciones de residencia permanente o temporal de los cónyuges o parejas de hecho,
  • el nombre y el domicilio social del notario en el que se depositó el contrato de capitulaciones matrimoniales;
  • la fecha de inscripción en el registro, la fecha de inicio de los efectos, la fecha de modificación y fecha de terminación del contrato de capitulaciones matrimoniales.

Los datos públicos obrantes en el registro y los datos de contacto están disponibles en el sitio web del Colegio Notarial de Eslovenia: https://www.notar-z.si/registri/register-pogodb-o-ureditvi-premozenjskopravnih-razmerij

En lo que respecta a la custodia e inspección de los contratos de capitulaciones matrimoniales, el artículo 88 del Código de Familia establece que los contratos de capitulaciones matrimoniales deben ser custodiados por los notarios de conformidad con la normativa sobre servicios notariales. El contenido del contrato de capitulaciones matrimoniales puede ser inspeccionado por las personas a quienes la ley que regula los servicios notariales así lo prevea. Dichas personas también pueden solicitar una copia certificada o simple de la escritura notarial correspondiente. El contenido del contrato de capitulaciones matrimoniales también podrá ser examinado por un órgano jurisdiccional a efectos de procedimientos cuya decisión dependa de dicho contenido.

Datos de contacto: 

  • Colegio Notarial de Eslovenia (Notarska zbornica Slovenije), Tavčarjeva ulica 2, 1000 Liubliana,Tel. +386 (0)1 439 2570, Fax +386 (0)1 434 0247, correo electrónico: info.nzs@siol.net.

Registros de Actos de Última Voluntad

El Registro Central de Actos de Última Voluntad contiene datos sobre los testamentos otorgados en forma de acta notarial, sobre los testamentos depositados ante notario, sobre los testamentos otorgados por un abogado o entregados a este para su custodia, sobre los testamentos judiciales y sobre los testamentos entregados a un órgano jurisdiccional para su custodia en virtud de las disposiciones de la ley de sucesiones. 

Estos datos incluyen:

  • el número de serie y la fecha de entrada;
  • el nombre y apellido del testador (para una mujer casada, también el apellido de soltera);
  • el número del documento nacional de identidad y lugar de nacimiento del testador, o la fecha, el lugar y el país de nacimiento para un testador extranjero;
  • la dirección del testador;
  • la fecha y el número de referencia que figuran en el testamento;
  • el nombre, los apellido y la dirección del notario en cuya notaría se ha depositado el testamento, o el nombre y dirección de otra persona o autoridad en la que se ha depositado el testamento;
  • el tipo de testamento;
  • cualquier modificación, revocación o anulación de un testamento, si se realiza en una forma que requiere por ley la inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad;
  • la fecha de devolución del testamento al testador;
  • información sobre la muerte del testador; e
  • información sobre quién accedió al registro.

El Registro de Actos de Última Voluntad lo mantiene el Colegio Notarial de Eslovenia.

Los datos de contacto están disponibles en su sitio web https://www.registeroporok.si

El Registro de Actos de Última Voluntad es central para todo el país.

Mientras viva el testador, la inscripción en el Registro de Actos de Última Voluntad es confidencial. Tras el fallecimiento del testador, el órgano jurisdiccional y cualquier persona que demuestre interés legítimo podrán obtener los datos del Registro de Actos de Última Voluntad central. Tras el fallecimiento del testador, se emite un extracto del registro a petición escrita del órgano jurisdiccional o de cualquier otra persona que demuestre interés legítimo.

Durante la vida del testador, ni las autoridades ni ninguna persona tienen derecho a recibir información datos del Registro. Tras el fallecimiento del testador, se emite un extracto del registro a petición escrita del órgano jurisdiccional o de cualquier otra persona que demuestre interés legítimo. La solicitud debe contener la siguiente información:

  • datos sobre el remitente de la solicitud del extracto de datos del Registro (nombre, apellidos y lugar de residencia de la persona física o nombre de la empresa y domicilio social de la persona jurídica o nombre y dirección del órgano jurisdiccional);
  • datos sobre el testador (nombre y apellidos, dirección, número del documento nacional de identidad o fecha de nacimiento y fecha de fallecimiento);
  • una declaración de datos o circunstancias que acrediten el interés legítimo de la persona que presenta la solicitud para que los datos se extraigan del Registro.

El Registro de Actos de Última Voluntad sirve como prueba de la existencia de un testamento.

Datos de contacto:

  • Colegio Notarial de Eslovenia (Notarska zbornica Slovenije), Tavčarjeva ulica 2, 1000 Liubliana,Tel. +386 (0)1 439 2570, Fax +386 (0)1 434 0247, correo electrónico: info.nzs@siol.net.

Registro Mercantil de Eslovenia, registro judicial

El Registro Mercantil de Eslovenia (PRS) es una base de datos informatizada pública y centralizada a nivel estatal que contiene información sobre todas las entidades comerciales con domicilio social en Eslovenia, que realizan actividades con o sin ánimo de lucro, así como sobre sus sucursales y otras partes de entidades comerciales. El Registro Mercantil de Eslovenia también contiene un registro judicial donde se inscriben datos sobre empresas y sucursales de empresas extranjeras que realizan actividades en el territorio de Eslovenia, así como sobre otras personas jurídicas que por ley están obligadas a inscribirse en el registro judicial (por ejemplo, asociaciones de interés económico, institutos, cooperativas, etc.). El registro judicial consta de un libro principal y una base de datos de documentos. El libro principal contiene información sobre hechos jurídicamente relevantes que la Ley del Registro Judicial (Zakon o sodnem registru) u otra ley estipula que deben inscribirse y publicarse en el registro. Los documentos sobre cuya base se ha inscrito un hecho jurídicamente relevante o que la ley estipula que deben presentarse al órgano jurisdiccional encargado del registro se deben archivar en la base de datos de documentos. Las normas sobre el Registro Mercantil de Eslovenia se rigen por la Ley del Registro Mercantil de Eslovenia (Zakon o Poslovnem registru Slovenije) y las normas sobre el registro judicial se establecen en la Ley del Registro Judicial.

El Registro Mercantil de Eslovenia es mantenido por la Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (Agencija Republike Slovenije za javnopravne evidence in storitve, AJPES): Registro Mercantil de Eslovenia. El procedimiento de inscripción en el registro judicial lo deciden los tribunales comarcales (okrožna sodišča), cuya jurisdicción territorial corresponde al domicilio social del titular de la inscripción.

Para cada entidad comercial registrada en el Registro Mercantil de Eslovenia están disponibles diversos datos sobre el registro (establecimiento) y su funcionamiento (número de identificación, nombre de la empresa, número de identificación fiscal, información sobre representantes y fundadores, etc.). También contiene datos sobre los accionistas de empresas, como las participaciones comerciales en sociedades de responsabilidad limitada e información sobre si la garantía real está vinculada a dichas participaciones, pero no contiene datos sobre los accionistas de sociedades anónimas o accionistas de sociedades en comandita.

La información sobre una entidad empresarial se puede consultar a través del acceso público en línea en el sitio web de AJPES, que permite realizar búsquedas. Hay dos motores de búsqueda disponibles:

El sitio web de la AJPES también ofrece un buscador para personas físicas, que permite obtener información sobre si una persona es fundadora, socia, representante o miembro de un órgano de supervisión de una entidad empresarial concreta. Este buscador está disponible en este sitio web de la AJPES y está en esloveno: https://www.ajpes.si/prs/default_osebe.asp.

Para buscar personas físicas es necesario introducir:

  • el nombre y los apellidos: y
  • la dirección de residencia permanente o temporal en Eslovenia o el número de documento nacional de identidad; o
  • una dirección de residencia en el extranjero o un número de identificación fiscal esloveno que una persona que no tiene un número de documento nacional de identidad obtiene antes del primer registro en el Registro Mercantil de Eslovenia.

Antes de utilizar el Registro Mercantil de Eslovenia y acceder a los datos que obran en él, una persona debe iniciar sesión, siendo posible también el inicio de sesión anónimo. El uso en línea del Registro Mercantil de Eslovenia y el acceso a los datos que obran en él son completamente gratuitos. También es posible obtener un extracto electrónico gratuita de los datos (en formato PDF, firmado electrónicamente) a través del sitio web. Se puede obtener:

  1. un extracto ordinario del registro judicial (es decir, un extracto de los datos actuales);
  2. un extracto compilado del registro judicial (es decir, un extracto de datos sobre si una determinada persona es fundador o socio, representante o miembro del órgano de supervisión de una entidad comercial concreta);
  3. extracto histórico del registro judicial relativo a los datos inscritos en el Registro después del 1 de febrero de 2008.

También es posible obtener a través del sitio web un extracto histórico del registro judicial relativo a los datos inscritos entre el 1 de enero de 1997 y el 1 de febrero de 2008. Estos extractos electrónicos no están firmados electrónicamente.

Previa solicitud, también es posible obtener un extracto escrito certificado de datos de un órgano jurisdiccional, notario o la AJPES, mientras que un extracto histórico del registro judicial solo puede obtenerse de un órgano jurisdiccional.

Datos de contacto del Registro Mercantil de Eslovenia:

  • Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (Agencija Republike Slovenije za javnopravne evidence in storitve), Tržaška cesta 16, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 477 4200, correo electrónico: info@ajpes.si.

Datos de contacto del registro judicial:

  • Tribunal Supremo de la República de Eslovenia (Vrhovno sodišče Republike Slovenije), Tavčarjeva 9, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 366 4444, correo electrónico: urad.vsrs@sodisce.si

Registros de Vehículos 

El Registro de Vehículos contiene información sobre un vehículo individual que debe figurar en el permiso de circulación, su matrícula, el permiso de circulación emitido, el propietario del vehículo o la persona a cuyo nombre está matriculado el vehículo, las inspecciones técnicas, el seguro obligatorio y otros datos técnicos. La información sobre el propietario del vehículo o la persona a cuyo nombre está matriculado el vehículo incluye su nombre personal o nombre de su empresa, fecha de nacimiento, número de documento nacional de identidad o número de matrícula, estado del propietario del vehículo y dirección de residencia permanente o temporal o domicilio social [artículo 63, apartado 3, de la Ley de Vehículos a Motor (Zakon o motornih vozilih, ZMV-1)]. 

Los datos técnicos del vehículo están disponibles en el portal de administración electrónica: https://e-uprava.gov.si/si/javne-evidence/motorna-vozila.html.

Es posible obtener el kilometraje, el número de propietarios, las inspecciones técnicas realizadas y la vigencia del seguro y matriculación. Para realizar consultas en el Registro de Vehículos, se requiere una identificación digital. Para consultas públicas, se requiere el número del permiso de circulación y la matrícula del vehículo.

Datos de contacto:

  • Ministerio de Infraestructura, Dirección de Carreteras y Transporte por Carretera (Ministrstvo za infrastrukturo, Direktorat za ceste in cestni promet), Tržaška cesta 19, 1000 Ljubljana, Tel. +386 (0)1 478 8000, correo electrónico: gp.mzi@gov.si.

Registro de Embarcaciones Marítimas y Registro de Buques

Ambos registros forman parte del Registro Marítimo de Eslovenia, establecido como registro público por el Código Marítimo (Pomorski zakonik). El artículo 207 del Código Marítimo establece que los buques, las embarcaciones y los dispositivos flotantes deben inscribirse en el Registro Marítimo de Eslovenia de conformidad con las disposiciones del Código. De conformidad con el artículo 207, las disposiciones del capítulo II y de la parte cuarta del Código Marítimo también se aplican mutatis mutandis a los buques, embarcaciones e instalaciones flotantes en construcción. Salvo indicación en contrario, la referencia al Registro Marítimo se aplica a ambos Registros.

Cada Registro consta de un registro principal y una base de datos de documentos. El registro principal consta de inscripciones. Una inscripción consta de las hojas A, B y C. Cada buque o embarcación consta en una inscripción independiente. En adelante, el término «buque» también se aplica a una embarcación marítima. 

La hoja A contiene información sobre la identidad del buque o el buque en construcción y sus características técnicas básicas. 

La hoja B contiene el nombre y la dirección de residencia permanente, o la razón social y el domicilio social del propietario del buque y sus restricciones respecto a la libre disposición del buque. La hoja B también incluye el número de documento de identificación personal o número de registro central y de identificación fiscal del propietario si no reside en Eslovenia, así como el número de identificación fiscal de la persona jurídica, si procede (que no son datos públicos). En la hoja B se consignan también el nombre y la dirección de residencia permanente, o la razón social y el domicilio social del propietario del buque en los casos de inscripción conforme al artículo 210, apartados 1 y 2, del Código Marítimo. También podrán inscribirse en la hoja B del registro de buques en construcción el nombre y la dirección de residencia permanente, o la razón social y el domicilio social del propietario del buque. Con el consentimiento del propietario, también se podrán consignar en la hoja B datos de contacto (dirección de correo electrónico o número de teléfono) para emergencias como búsqueda y rescate en el mar o protección de la vida humana o del medio marino. Para procedimientos judiciales o contencioso-administrativos, también se registra en un buzón electrónico seguro, y para procedimientos contencioso-administrativos, se puede registrar en otro buzón electrónico, de conformidad con la legislación aplicable a los procedimientos contencioso-administrativos generales. Estos datos no son públicos y no pueden utilizarse para otros fines.

La hoja C contiene los derechos reales con que esté gravado el buque o parte de él, y los derechos adquiridos sobre estos derechos, el contrato de fletamento del buque, el contrato de transporte de todo el buque, el derecho de preferencia y demás restricciones a la disposición del buque que correspondan a cada propietario del buque gravado, las prohibiciones de gravamen y enajenación, así como todas las notas y demás anotaciones que no estén expresamente especificadas para ser asentadas en ninguna otra hoja.

Además de los documentos, en la base de datos de documentos también se conservan los siguientes datos:

  • fechas de las inspecciones, también de las inspecciones adicionales y complementarias y las posibles evaluaciones;
  • el nombre de la sociedad de clasificación que emitió el certificado y determinó la clase del buque;
  • el nombre del organismo de inspección del Estado rector del puerto que inspeccionó el buque, la fecha de la inspección y el resultado de la misma (deficiencias en el buque y si el buque fue inmovilizado); y
  • los accidentes marítimos en los que estuvo involucrado el buque.

El Registro lo mantiene la Administración Marítima de Eslovenia (Uprava Republike Slovenije za pomorstvo):

https://www.gov.si/en/state-authorities/bodies-within-ministries/slovenian-maritime-administration/about-the-administration/.

No existen registros regionales, pero existen sucursales donde se lleva el registro de embarcaciones marítimas, concretamente la de Izola y la de Piran. No obstante, solo existe un Registro de Embarcaciones Marítimas. 

Las autoridades de otro Estado miembro podrán ponerse en contacto con los registros regionales para obtener datos del registro. No obstante, es necesario tener en cuenta las restricciones derivadas del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE y la Ley de Protección de Datos Personales (Zakon o varstvu osebnih podatkov), en relación con los datos que se pueden obtener y las condiciones en las que pueden obtenerlos.

De conformidad con el artículo 208 del Código Marítimo, el registro es público. Toda persona tiene derecho a consultar los datos del registro principal bajo la supervisión de un empleado autorizado. La autoridad encargada de llevar el registro está obligada a expedir a quien lo solicite, contra el pago de una determinada tasa, un certificado del estado de las inscripciones en el registro, que tiene carácter público. Solo una persona con interés legítimo para ello puede consultar la base de datos de documentos o solicitar una copia de un documento. En este caso también se aplica Ley de Protección de Datos Personales, lo que implica que no es posible realizar búsquedas por titular. 

En el caso de los datos personales, se requiere una base jurídica adecuada para el acceso a los datos sobre la propiedad de los buques por parte de una persona física. 

La autoridad encargada del registro está autorizada a transmitir información a otra autoridad nacional si existe una base jurídica. La información contenida en el registro puede transmitirse.

Si no se demuestra ninguna base jurídica para el acceso a los datos personales, la autoridad debe denegar la solicitud de información de la otra autoridad nacional. 

Las solicitudes de inscripción de cambios de titularidad de un bien inscrito por herencia se establecen en el artículo 316 del Código Marítimo. Salvo disposición en contrario en el Código Marítimo u otra ley, la inscripción (punto 3 del artículo 256 del Código Marítimo) solo podrá permitirse sobre la base de documentos públicos o de aquellos documentos privados en que las firmas de las personas cuyos derechos se vayan a restringir, gravar, revocar o transferir a otra persona hayan sido certificadas por la autoridad competente para la certificación de firmas. Sobre la base de un documento privado expedido por una persona autorizada, solo se podrá permitir una inscripción contra el principal si la autorización expedida está relacionada con una transacción específica o un tipo específico de transacción, y no ha transcurrido más de un año desde la fecha de expedición de la autorización hasta la fecha de la inscripción solicitada. No se requiere la certificación de firmas en un documento privado si el documento lleva la aprobación de la autoridad competente para la protección de los derechos e intereses de las personas cuyos derechos se van a restringir, gravar, revocar o transferir a otra persona.

El artículo 317 regula las condiciones para la inscripción en un documento privado. Un documento privado sobre la base del cual se permite la inscripción debe contener, además de la información a que se refiere el artículo 279 del Código Marítimo, lo siguiente:

  1. una referencia precisa al buque o al derecho respecto del cual se ha de efectuar el registro;
  2. una declaración expresa de la persona cuyo derecho se restringe, grava, revoca o transfiere a otra persona, en la que autorice el registro. La disposición del punto 2 del párrafo anterior no se aplica a los documentos relativos a la adquisición de derechos de propiedad sobre un buque extranjero, si se solicita la primera inscripción del buque en el Registro Marítimo.

El artículo 318 regula las condiciones para la inscripción en un documento público. Los documentos públicos sobre la base de los cuales se permite el registro son:

  1. los documentos sobre negocios jurídicos expedidos por un órgano jurisdiccional o un notario dentro de los límites de sus atribuciones, si contienen la información prescrita en el artículo 279 del Código Marítimo;
  2. los documentos expedidos en la forma prescrita por un órgano jurisdiccional, un notario o una autoridad administrativa dentro de los límites de sus atribuciones, que sean reconocidos por la ley como títulos ejecutivos o sobre cuya base pueda efectuarse una inscripción en un registro público conforme a reglamentos especiales.

Se permite la inscripción basada en una resolución de un órgano jurisdiccional extranjero, siempre que dicha resolución haya sido reconocida en un procedimiento prescrito.

Para que la autoridad de registro pueda identificar la propiedad inscrita y poder registrar los cambios de propiedad después de una herencia, es necesario proporcionar la designación del buque o embarcación bajo la cual está registrado el buque en el Registro de Buques de Eslovenia. 

El artículo 221 del Código Marítimo estipula que, mediante un acto jurídico entre vivos, los derechos de propiedad y la hipoteca sobre un buque se adquieren mediante su inscripción en el registro. Esto también se aplica al registro de embarcaciones marítimas.

La autoridad requirente de otro Estado miembro deberá garantizar que la autoridad requerida pueda buscar en el registro el nombre y apellidos, la fecha de nacimiento o el número de seguridad social y el número de identificación fiscal, de modo que la persona pueda ser identificada adecuadamente. 

La autoridad requirente debe presentar una escritura de sucesión que declare el fallecimiento de la persona más allá de toda duda. También es necesario aportar pruebas que demuestren la base jurídica para la obtención de los datos personales. 

La solicitud y la información pueden enviarse por correo electrónico. La información puede solicitarse en esloveno o, de acuerdo con los principios de bilingüismo, también en italiano. 

La información podrá proporcionarse en cualquiera de las siguientes formas: copia certificada o no certificada, extracto certificado o no certificado, copia impresa o copia electrónica.

La información se facilita en esloveno y, si la solicitud se presenta en italiano o húngaro, también en esas lenguas.

La Ley de Tasas Administrativas (Zakon o upravnih taksah) determina si se debe pagar una tasa, según el caso específico. El artículo 23, apartado 1, punto 1, de la Ley de Tasas Administrativas estipula que la tasa no será abonada por el Estado ni por las autoridades estatales.

Datos de contacto:

  • Ministerio de Infraestructura, Administración Marítima de Eslovenia (Ministrstvo za infrastrukturo, Uprava Republike Slovenije za pomorstvo), Kopališko nabrežje 9, 6000 Koper, Tel. +386 (0)5 663 2100, correo electrónico: ursp.box@gov.si.

Registro de Aeronaves

Conforme al artículo 22 de la Ley de Aviación [Zakon o letalstvu, Uradni List RS (UL RS, Boletín Oficial de la República de Eslovenia), n.º 81/10 – texto oficial consolidado, 46/16, 47/19, 18/23 – ZDU-1O y 85/24 (ZLet-1), ZLet], la Agencia de Aviación Civil de la República de Eslovenia (Javna agencija za civilno letalstvo Republike Slovenije) es responsable de mantener el Registro de Aeronaves. www.caa.si. El 5 de abril de 2025, entró en vigor la nueva Ley de Aviación (UL RS, n.º 85/24, ZLet-1), que se aplicará a partir del 5 de octubre de 2025. Esta Ley especifica la responsabilidad de la Agencia de Aviación Civil para mantener el registro en el artículo 35. 

El Registro de Aeronaves contiene datos sobre las aeronaves y los titulares de derechos reales o personales sobre aeronaves que por ley deban inscribirse en él, los cambios en los datos de identificación de los titulares de derechos inscritos, y los derechos reales y personales y los hechos jurídicos que por ley deban inscribirse en él.

No existen registros regionales. Las autoridades de otro Estado miembro podrán ponerse en contacto con el registro nacional: https://www.caa.si/register-zrakoplovov.htmlhttps://www.caa.si/en/aircraft-registration.html.

La nueva Ley de Aviación establece que, a menos que se estipule de otro modo, los datos inscritos en el Registro de Aeronaves son públicos (por ejemplo, número de documento nacional de identidad, dirección, dirección de correo electrónico). El artículo 38 de la nueva Ley de Aviación establece las restricciones de acceso, por ejemplo, la restricción de las búsquedas en el Registro para determinar si una persona específica es titular de derechos reales o personales). Las personas que cuenten con una base jurídica adecuada para ello tienen derecho a acceder a los datos. Conforme al artículo 38 de la nueva Ley de Aviación, se trata de acreedores y otras personas que demuestren un interés legal, autoridades estatales, notarios, agentes de ejecución, administradores concursales, detectives y titulares de derechos (en relación con los derechos inscritos en el Registro en su beneficio).

Conforme a la legislación nacional, la autoridad que mantiene el Registro está autorizada a transmitir información a otra autoridad nacional. La información de que dispone podrá ser transmitida, sujeta a las condiciones y restricciones legales. La autoridad de registro se negará a transmitir datos a otra autoridad estatal si no se cumplen las condiciones legales para la transmisión o si los datos solicitados no están a su disposición. De conformidad con el artículo 25 de la Ley de Aviación, el registro de un cambio de propiedad lo realiza la Agencia sobre la base de una sentencia firme del órgano jurisdiccional competente, mientras que el artículo 40 estipula que la Agencia debe decidir sobre las condiciones de inscripción en el Registro de Aeronaves únicamente con base en los documentos que la ley determine como base para la inscripción y en función del estado de las inscripciones en el Registro de Aeronaves en el momento de iniciar el procedimiento. De conformidad con el artículo 48 de la nueva Ley de Aviación, la inscripción se permite sobre la base de un documento sobre una transacción jurídica, de la que surge la obligación de transferir la propiedad de la aeronave o sobre la base del cual se adquiere el derecho de uso de la aeronave, que la ley estipula que debe inscribirse en el Registro de Aeronaves, y que contiene una declaración explícita de la persona cuyo derecho sobre la aeronave se está transfiriendo o modificando de que permite la inscripción, que puede darse en un documento especial. La firma de la persona cuyo derecho se transfiere o modifica debe ser certificada de conformidad con la ley que rige el procedimiento administrativo general o las normas que rigen la certificación de documentos en el tráfico internacional. También se permite la inscripción sobre la base de un documento en virtud del cual se adquiere o cambia el derecho de propiedad o el derecho personal de usar la aeronave, cuya inscripción en el registro de aeronaves esté estipulada por la ley, y que sea expedido en la forma prescrita por un órgano jurisdiccional o un órgano administrativo en el marco de sus atribuciones o que adopte la forma de una escritura notarial directamente ejecutiva, o sobre la base de otro documento que la ley reconozca como título ejecutivo o sobre la base del cual pueda hacerse una inscripción en registros públicos. Un documento de este tipo expedido en un país extranjero debe estar certificado de conformidad con las normas que rigen la certificación de documentos en el tráfico internacional, a menos que las normas de la Unión Europea o un tratado internacional vinculante para Eslovenia dispongan lo contrario.

Para que la autoridad de registro pueda identificar la propiedad inscrita y registrar cambios de propiedad después de una herencia, se requiere la identificación de la aeronave (datos del fabricante, designación del fabricante, número de serie y número de registro), como se especifica en el Artículo 48 de la nueva Ley de Aviación. El artículo 169 de la Ley de Obligaciones y Relaciones Patrimoniales en la Aviación (Zakon o obligacijskih in stvarnopravnih razmerjih v letalstvu, ZOSRL) determina el método de adquisición de derechos reales, es decir, que un derecho de propiedad sobre una aeronave y la hipoteca sobre una aeronave se adquieren sobre la base de una transacción legal con inscripción en el Registro de Aeronaves.

La autoridad requirente deberá facilitar información suficiente sobre el fallecido para permitir su identificación inequívoca (por ejemplo, nombre y apellidos del fallecido, fecha de nacimiento, número de documento nacional de identidad u otro número de identificación nacional). Se deben adjuntar las pruebas pertinentes, como una copia del certificado de defunción u otro documento que confirme la información sobre el fallecido. 

La autoridad requirente deberá aportar pruebas adecuadas que demuestren que dispone de la base jurídica oportuna para obtener la información de conformidad con el artículo 66. Dichas pruebas podrán ser, por ejemplo, una copia de la solicitud de expedición del certificado sucesorio europeo.

Se podrá utilizar el correo electrónico para enviar una solicitud y proporcionar información, y también se podrán utilizar otros medios de comunicación si es necesario. 

La información se puede solicitar en esloveno, y la solicitud también se tramitará si se presenta en inglés.

La forma en que se proporciona la información depende de la solicitud que se realice. Puede proporcionarse en copia certificada o simple, extracto certificado o simple, copia impresa o copia electrónica. La información se proporciona en esloveno y, ocasionalmente, también puede proporcionarse en inglés. 

En algunos casos, de conformidad con el artículo 16 de la Tarifa de Servicios de la Agencia de Aviación Civil de la República de Eslovenia (Tarifa za izvajanje storitev Javne agencije za civilno letalstvo Republike Slovenije), se debe abonar una tasa por la expedición de un extracto. Esta tasa se liquida con base en una factura emitida por la Agencia de Aviación Civil.

Datos de contacto del Registro de Aeronaves:

  • Agencia de Aviación Civil de la República de Eslovenia (Javna agencija za civilno letalstvo Republike Slovenije), Kotnikova ulica 19A, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 244 6600, + 386 (0)1 244 6601, Fax +386 (0)1 244 6699, correo electrónico: info@caa.si.

Registro de Gravámenes no Posesorios y Bienes Muebles Embargados

El Registro de Privilegios no Posesorios y Bienes Muebles Embargados (RZPP) es una base de datos pública y de gestión centralizada de gravámenes y prohibiciones de enajenación y gravamen sobre bienes muebles, concretamente sobre vehículos identificados por su número de identificación (VIN) y sobre equipos e inventarios comerciales identificados por el número de identificación del inmueble o edificio en el que se encuentran.

El administrador de este Registro es la Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (AJPES).

Los datos sobre el acreedor pignoraticio, el deudor pignoraticio y los gravámenes (o garantías) sobre bienes muebles se inscriben en el Registro por los denominados «usuarios cualificados», es decir, notarios, agentes de ejecución, la administración financiera, órganos jurisdiccionales y administradores concursales. Los notarios inscriben un gravamen cuando surge de un acuerdo entre las partes (el llamado «gravamen no posesorio contractual»), mientras que otros usuarios cualificados lo inscriben sobre la base de una decisión de una autoridad estatal adoptada en el marco de un procedimiento fiscal o judicial (ejecutivo, penal o concursal).

El acceso a los datos del Registro se habilita a través del acceso público en línea en el sitio web de la AJPES: https://www.ajpes.si/RZPP/Iskalnik/JavniPodatki.

El acceso a los datos registrados del acreedor pignoraticio, del deudor pignoraticio o del bien pignorado se habilita mediante un buscador público, disponible en esloveno. Debido a la protección de los datos personales de las personas físicas y de los acreedores, el buscador público es limitado y solo permite búsquedas según los siguientes criterios:

  • por número de identificación de un gravamen (garantía);
  • por deudor pignoraticio que sea una entidad comercial; 
  • por número de identificación del bien pignorado [para vehículos, su VIN, para inventarios y equipos, el número de identificación (catastral) del terreno o edificio donde se encuentra el bien pignorado].

No es necesario registrarse para usar el buscador público del Registro y consultar los datos. El uso en línea del Registro y la consulta de los datos son completamente gratuitos. También es posible obtener un extracto electrónico gratuita de los datos (en formato PDF, firmado electrónicamente) a través del sitio web. El extracto incluye información sobre el gravamen, el bien pignorado, el acreedor pignoraticio y el deudor pignoraticio.

Debido a las limitaciones del buscador público, se habilita el acceso protegido a los datos. Esto también permite buscar datos sobre gravámenes no posesorios donde el deudor, el deudor pignoraticio y el acreedor pignoraticio sea una persona física registrada, utilizando como clave de búsqueda el número de documento nacional de identidad o el número de identificación fiscal. El acceso protegido a los datos sobre gravámenes no posesorios se proporciona de forma gratuita solo a usuarios cualificados.

Conforme a la ley, una persona autorizada o una autoridad estatal que no sea un usuario cualificado y necesite datos del Registro para realizar las tareas que se le han encomendado, puede solicitar a la AJPES que expida un extracto de datos sobre gravámenes no posesorios en los que una determinada persona esté inscrita como deudor, deudor pignoraticio o acreedor pignoraticio. En la solicitud, la autoridad debe especificar el propósito para el cual obtiene los datos y el número de asunto (procedimiento) para el cual requiere los datos.

A petición de una persona que demuestre una base jurídica para la obtención de datos del Registro con base en los criterios de acceso protegido, solo un órgano jurisdiccional podrá expedir un extracto certificado.

Datos de contacto:

  • Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (Agencija Republike Slovenije za javnopravne evidence in storitve), Tržaška cesta 16, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 477 4200, correo electrónico: info@ajpes.si.

Registro Concursal (anuncios en procedimientos de insolvencia)

Los procedimientos de insolvencia se sustancian en los tribunales comarcales y el acceso a los anuncios en los procedimientos de insolvencia se proporciona en los sitios web de anuncios administrados por la Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (AJPES): https://www.ajpes.si/uradne_objave/eobjave_v_postopkih_zaradi_insolventnosti/splosno.

Las normas sobre anuncios y adquisición de datos se rigen por los artículos 122 y 122a de la Ley de Operaciones Financieras, Procedimientos Concursales y Liquidación Obligatoria (Zakon o finančnem poslovanju, postopkih zaradi insolventnosti in prisilnem prenehanju), es decir, la ley que regula los asuntos de insolvencia. Con el fin de garantizar la seguridad jurídica, informar al público y ejercer los derechos de los acreedores y otros participantes en los procedimientos de insolvencia, se publica en la página de anuncios de procedimientos de insolvencia del sitio web de la AJPES la siguiente información en relación con los procedimientos de insolvencia individuales:

1. la siguiente información sobre cada procedimiento de insolvencia:

  • datos de identificación del deudor insolvente, excepto el número de documento nacional de identidad y el número de identificación fiscal del deudor insolvente que sea consumidor,
  • el órgano jurisdiccional ante el que se incoa el procedimiento y el número de referencia del asunto,
  • datos de identificación del administrador concursal,
  • la fecha de inicio del procedimiento, el plazo para la presentación de alegaciones en el procedimiento e información sobre otras actuaciones procesales en el procedimiento,
  • en el procedimiento de quiebra también: información sobre el importe de la masa concursal y la proporción de los pagos a los respectivos acreedores;

2. la decisión de apertura del procedimiento de insolvencia y todas las resoluciones dictadas en el procedimiento de insolvencia principal, junto con la propuesta sobre la base de la cual dictó la resolución el órgano jurisdiccional, excepto:

  • una decisión de iniciar un procedimiento de quiebra personal,
  • una decisión por la que el órgano jurisdiccional decide sobre una propuesta para iniciar un procedimiento de condonación de deuda u ordena al deudor realizar determinadas acciones en el procedimiento de condonación de deuda,
  • una decisión sobre la recaudación de ingresos permanentes,
  • una decisión sobre la incautación de saldos de efectivo,
  • una decisión de detener la recaudación de ingresos permanentes o la incautación de saldos de efectivo;

3. el anuncio de inicio de los procedimientos, el anuncio de audiencia y otros anuncios o convocatorias de votación emitidos por un órgano jurisdiccional de conformidad con la ley;

4. todas las actas de audiencias y reuniones del comité de acreedores;

5. los informes del administrador concursal y los documentos adjuntos a estos, y en el procedimiento de concurso forzoso también los informes del deudor insolvente y los documentos adjuntos a estos;

6. una lista de reclamaciones debidamente comprobadas;

7. las alegaciones de las partes en el proceso y demás documentos judiciales que deben ser publicados por ley;

8. en el procedimiento de quiebra, también todos los anuncios de subasta pública y las invitaciones a presentar ofertas en relación con la liquidación de la masa concursal.

La AJPES garantiza que los sitios web de anuncios en procedimientos de insolvencia estén diseñados de tal manera que todo el mundo pueda visualizar de forma gratuita la información publicada en ellos, a saber:

1. Por la fecha de publicación;

2. Por el número de expediente del procedimiento de insolvencia o el órgano jurisdiccional que sustancia dicho procedimiento;

3. Si el deudor insolvente es una entidad jurídica, un empresario individual o un profesional registrado: por cualquier dato de identificación con el que conste en el registro judicial, y por el número de identificación fiscal;

4. Si el deudor insolvente es un consumidor, un empresario individual o un profesional registrado: por una combinación de las siguientes condiciones; el sistema devuelve información sobre el número de expediente del procedimiento de insolvencia si se cumplen todas las condiciones siguientes:

  • una combinación del número de documento nacional de identidad, el nombre y los apellidos,
  • una combinación del número de identificación fiscal, el nombre y los apellidos, o
  • una combinación del nombre y los apellidos, la dirección de residencia permanente y la fecha de nacimiento;

5. Si el deudor insolvente es un consumidor, un empresario individual o un profesional registrado, solo por número de documento nacional de identidad o número de identificación fiscal, en cuyo caso el sistema devuelve solo información sobre si se ha iniciado un procedimiento de insolvencia contra la persona que cumple esta condición, sin información sobre el número de expediente (si ya se ha incoado el procedimiento).

La AJPES proporciona acceso a los datos sobre procedimientos de insolvencia individuales y el contenido de las actuaciones procesales relacionadas con un caso específico durante un período de cinco años después de la conclusión definitiva de los procedimientos en ese asunto.

Datos de contacto para información relacionada con anuncios públicos sobre procedimientos:

  • Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (Agencija Republike Slovenije za javnopravne evidence in storitve), Tržaška cesta 16, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 477 4200, correo electrónico: info@ajpes.si.

Datos de contacto para procedimientos judiciales:

  • Tribunal Supremo de la República de Eslovenia (Vrhovno sodišče Republike Slovenije), Tavčarjeva 9, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 366 4444, correo electrónico: urad.vsrs@sodisce.si

3 Disponibilidad de información sobre cuentas bancarias

El Registro de Cuentas Corrientes (RTR) es una base de datos informatizada unificada de cuentas corrientes y titulares de cuentas corrientes (entidades comerciales y personas físicas) abiertas con proveedores de servicios de pago en Eslovenia. Los datos del Registro de Cuentas Corrientes se actualizan continuamente. Para garantizar la precisión de los datos sobre los titulares de cuentas corrientes, el Registro está vinculado al Censo de Población Central, el Registro Fiscal y el Registro Mercantil de Eslovenia.

De conformidad con el capítulo 11 de la Ley de Servicios de Pago, Servicios de Emisión de Dinero Electrónico y Sistemas de Pago (Zakon o plačilnih storitvah, storitvah izdajanja elektronskega denarja in plačilnih sistemih, ZPlaSSIED), el Registro de Cuentas Corrientes es administrado por la Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (AJPES).

El acceso al Registro de Cuentas Corrientes en línea (eRTR) (basado en el registro e inicio de sesión) y los datos de contacto están disponibles en el sitio web de AJPES: https://www.ajpes.si/eRTR/JavniDel/Iskanje.aspx.

El Registro de Cuentas Corrientes trata los siguientes datos:

1. titular de la cuenta corriente:

  • el nombre, los apellidos y la dirección de residencia del titular de la cuenta corriente que es una persona física; o la razón social, el domicilio social y la dirección comercial del titular de la cuenta corriente que es una entidad jurídica; o la razón social, el domicilio social, la dirección comercial y el nombre y los apellidos del titular de la cuenta corriente que es un empresario individual o un profesional registrado; o el nombre y la dirección de otro titular de una cuenta corriente,
  • el número de identificación fiscal del titular de la cuenta corriente, si este está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro, y el país de establecimiento o la dirección de residencia del titular,
  • el código de identificación y el país de establecimiento o dirección de residencia del titular de la cuenta corriente, si este no está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro,
  • el número de identificación de la empresa del titular de la cuenta corriente que es una entidad jurídica, un empresario individual o un profesional registrado, si el titular está inscrito en el Registro Mercantil de Eslovenia,
  • el código de usuario del presupuesto, si está inscrito en el Registro Mercantil de Eslovenia para la entidad comercial;

2. representante autorizado del titular de la cuenta corriente:

  • el nombre, los apellidos y la dirección de residencia del representante autorizado que es una persona física; o la razón social, el domicilio social y la dirección comercial del representante autorizado que es una entidad jurídica; o la razón social, el domicilio social, la dirección comercial y el nombre y los apellidos del representante autorizado que es un empresario individual o un profesional registrado; o el nombre y la dirección de otro representante autorizado,
  • el número de identificación fiscal del representante autorizado, si este está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro, y el país de establecimiento o la dirección de residencia del representante autorizado,
  • el código de identificación y el país de establecimiento o dirección de residencia del representante autorizado, si este no está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro,
  • el número de identificación de la empresa del titular de la cuenta corriente que es una entidad jurídica, un empresario individual o un profesional registrado, si el titular está inscrito en el Registro Mercantil de Eslovenia,
  • el código de usuario del presupuesto, si está inscrito en el Registro Mercantil de Eslovenia para la entidad comercial,
  • fecha de recepción y fecha de revocación de la autorización;

3. beneficiario efectivo del titular de la cuenta corriente:

  • el nombre, los apellidos, la fecha de nacimiento, la nacionalidad y el domicilio de residencia del beneficiario efectivo,
  • el número de identificación fiscal del beneficiario efectivo, si este está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro,
  • el país de residencia del beneficiario efectivo,
  • otro código de identificación del beneficiario efectivo utilizado en su país de residencia si el beneficiario efectivo no está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro,
  • el nivel de participación u otro método de control del beneficiario efectivo,
  • la fecha de inscripción y fecha de eliminación de la inscripción del beneficiario efectivo;

4. cuenta corriente:

  • el número de cuenta,
  • el nombre y el número de identificación del proveedor que gestiona la cuenta corriente;
  • el tipo de cuenta, que se determina mediante la regla a que se refiere el párrafo décimo de este artículo,
  • información de que los fondos en la cuenta corriente son insuficientes para ejecutar una orden de ejecución o de garantía,
  • la fecha de apertura de la cuenta.
  • la fecha de cierre de la cuenta,
  • información de que la cuenta corriente cuyo titular es una persona física se utiliza para realizar una actividad,
  • el número de cuenta del titular de la cuenta corriente con el sucesor legal del proveedor de servicios de pago;

5. caja de seguridad:

  • el nombre, los apellidos y la dirección de residencia del arrendatario de la caja de seguridad que sea una persona física; o la razón social, el domicilio social y la dirección comercial del arrendatario de la caja de seguridad que sea una entidad jurídica; o la razón social, el domicilio social y la dirección comercial, y el nombre y los apellidos del arrendatario de la caja de seguridad que sea un empresario individual o un profesional registrado; o el nombre, los apellidos y la dirección de otro arrendatario de la caja de seguridad,
  • el número de identificación fiscal del arrendatario de la caja de seguridad, si este está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro, y el país de establecimiento o la dirección de residencia del arrendatario de la caja de seguridad,
  • el código de identificación y el país de establecimiento o dirección de residencia del arrendatario de la caja de seguridad, si este no está inscrito en el Registro Fiscal de conformidad con la ley que rige dicho Registro,
  • el número de identificación de la empresa del arrendatario de la caja de seguridad que es una entidad jurídica, un empresario individual o un profesional registrado, si el titular está inscrito en el Registro Mercantil de Eslovenia,
  • el código de usuario del presupuesto, si está inscrito en el Registro Mercantil de Eslovenia para la entidad comercial,
  • la duración del arrendamiento.

Los datos que obran en el Registro de Cuentas Corrientes son de libre acceso público en el sitio web de la AJPES. Esto no se aplica a los datos de personas autorizadas y beneficiarios efectivos de titulares de cuentas corrientes y arrendatarios de cajas de seguridad, ni a los datos personales de personas físicas (excepto los datos de cuentas corrientes de empresarios individuales y profesionales registrados utilizados para la realización de una actividad).

Los datos personales de las cuentas corrientes de personas físicas pueden ser obtenidos, entre otros, por los órganos jurisdiccionales y otras autoridades que lleven a cabo actuaciones en procedimientos de ejecución u otros procedimientos realizados en el ámbito de su competencia (artículo 194, apartado 3, de la ZPlaSSIED).

Los órganos jurisdiccionales de Eslovenia tienen acceso directo a los datos de las cuentas corrientes de personas físicas (artículo 195 de la ZPlaSSIED). El órgano jurisdiccional obtiene datos sobre la cuenta corriente de una persona física mediante acceso electrónico directo a los datos del Registro de Cuentas Corrientes a partir de una consulta que únicamente puede contener el nombre, los apellido y el domicilio de residencia de la persona física titular de la cuenta corriente. Si en el registro constan dos o más personas con el mismo nombre, apellidos y dirección, el órgano jurisdiccional debe complementar la consulta con el número de identificación fiscal o el código de identificación de la persona física.

En caso contrario, la AJPES proporciona datos personales sobre la cuenta corriente de una persona física, el representante autorizado y el beneficiario efectivo del titular de la cuenta corriente y sobre cajas de seguridad al solicitante tras una solicitud de obtención de datos del Registro de Cuentas Corrientes, que debe contener: 

  1. El nombre y los apellidos o la razón social y el domicilio social del solicitante, y su firma;
  2. el nombre, los apellidos y el número de identificación fiscal o el código de identificación de la persona física que sea titular de la cuenta corriente, del representante autorizado o del beneficiario efectivo del titular de la cuenta corriente o del arrendatario de la caja de seguridad; y
  3. la base jurídica y la finalidad del tratamiento de datos personales.

Datos de contacto:

  • Agencia de Registros Públicos y Servicios Conexos de la República de Eslovenia (Agencija Republike Slovenije za javnopravne evidence in storitve), Tržaška cesta 16, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 477 4200, correo electrónico: info@ajpes.si.

4 Existencia de un registro de derechos de propiedad intelectual

De conformidad con el artículo 105 de la Ley de Propiedad Industrial (Zakon o industrijski lastnini), la Oficina de Propiedad Intelectual (Urad za intelektualno lastnino) mantiene registros de patentes, certificados de protección complementarios, modelos, marcas e indicaciones geográficas, así como registros de solicitudes de dichos derechos. Se trata de derechos de propiedad industrial que, junto con los derechos de autor, derechos conexos y otros, forman parte de los derechos de propiedad intelectual. Los registros son públicos, salvo en los casos previstos por la ley.

El acceso a los datos del Registro es posible para las partes interesadas externas de dos maneras:

  • el sitio web de la Oficina de Propiedad Intelectual http://www.uil.gov.si/ proporciona acceso directo a la información sobre patentes concedidas, certificados de protección complementarios solicitados y concedidos, marcas solicitadas y registradas y modelos solicitados y registrados en el siguiente enlace: https://www2.uil-sipo.si/;
  • solicitando un certificado al Registro previo pago de la tasa prevista en la ley que regula las tasas administrativas. Dicha tasa asciende actualmente a 9,10 EUR [salvo las excepciones enumeradas exhaustivamente en el artículo 23 de la Ley de Tasas Administrativas (Zakon o upravnih taksah)].

Datos de contacto:

  • Ministerio de Economía, Turismo y Deporte, Oficina de Propiedad Intelectual de la República de Eslovenia (Ministrstvo za gospodarstvo, turizem in šport, Urad Republike Slovenije za intelektualno lastnino), Kotnikova ulica 6, 1000 Liubliana, Tel. +386 (0)1 620 3100, correo electrónico: sipo@uil-sipo.si.

5 Otros registros con información pertinente a efectos sucesorios

Registro Central de Valores Desmaterializados

El Registro Central de Valores Desmaterializados lo mantiene la Sociedad Central de Compensación y Depósito (Centralna klirinško depotna družba, KDD). El alcance de los datos accesibles depende de la naturaleza del solicitante. Algunos datos suelen estar disponibles públicamente (registros de acciones de los emisores), mientras que otros solo son accesibles para determinados tipos de solicitantes [Agencia del Mercado de Valores (Agencija za trg vrednostnih papirjev), Banco de Eslovenia, autoridad fiscal, órgano jurisdiccional, etc.]. La KDD solo proporciona recuperación automatizada directa de datos de Registro Central de Valores Desmaterializados a las autoridades nacionales eslovenas. Las autoridades extranjeras no pueden obtener datos de esta manera, pero en determinados casos (raros), la KDD les envía datos directamente sobre la base de una solicitud específica de la autoridad extranjera (es decir, sin la participación del órganos jurisdiccionales requeridos).

Las autoridades extranjeras dirigen las solicitudes del mismo modo que las autoridades eslovenas, es decir:

  • por correo ordinario a: KDD – Centralna klirinško depotna družba d.d., Tivolska cesta 48, 1542 Liubliana (Eslovenia) o
  • por correo electrónico a: info@kdd.si

Datos de contacto:

  • KDD – Centralna klirinško depotna družba d.d., Tivolska cesta 48, 1542 Liubliana, Tel. +386 (0)1 307 3500, correo electrónico: info@kdd.si.

Registro de Armas

El acceso directo de las autoridades extranjeras a los datos del registro de armas no es posible. El artículo 72 de la Ley de Armas (Zakon o orožju) estipula, entre otras cosas, que los datos personales de los registros y documentos de armas podrán ser utilizados y obtenidos por el Ministerio del Interior, la policía y las unidades administrativas en el ejercicio de las funciones especificadas por la ley, así como por los empleados autorizados de las entidades jurídicas o los empresarios individuales que recopilen y mantengan datos para estos registros, así como por otros usuarios, si cuentan con una base legal o si los datos se transmiten de conformidad con un tratado internacional.

Datos de contacto:

  • Ministerio del Interior, Dirección de Asuntos Administrativos Internos, División de Orden Público y Armas (Ministrstvo za notranje zadeve, Direktorat za upravne notranje zadeve, Sektor za registracijo prebivalstva in javne listine), Litostrojska cesta 54, 1501 Liubliana, Tel. +386 (0)1 428 4759, correo electrónico: gp.mnz@gov.si.

6 Disponibilidad de información sobre testamentos cerrados y testamentos no sujetos a obligación de registro

La conservación del testamento es responsabilidad del testador, por lo que únicamente se regula la conservación de los testamentos judiciales e internacionales, los documentos testamentarios orales y los testamentos notariales. El testador puede decidir depositar el testamento en un órgano jurisdiccional, entregarlo a otra persona, depositarlo en una organización, como un banco o una oficina de correos, o un notario para su custodia, o conservarlo en su poder. La opción de que el testador conserve él mismo el testamento está prevista para todo testamento, independientemente de la forma en que se haya redactado. Si el testador decide confiar la conservación del testamento a otra persona física, esta podrá ser un testigo testamentario o una persona a quien el testador haya concedido algún beneficio procedente de la herencia. 

Para la conservación de un testamento en un órgano jurisdiccional se aplica lo siguiente: si se trata de un testamento judicial o un testamento internacional, el testamento se coloca en un sobre especial y se sella, y el juez, a petición del testador, expide un certificado de que el testamento ha sido redactado y entregado al órgano jurisdiccional para su custodia. Si el testamento no se redacta ante un órgano jurisdiccional y el testador u otra persona se lo entrega al órgano jurisdiccional abierto o en sobre cerrado, el juez dejará constancia de la aceptación del testamento para su custodia y expedirá un certificado al testador. Si el testamento no es entregado por el propio testador, el órgano jurisdiccional le notifica que ha recibido el testamento para su custodia.

Los testigos de un testamento oral deben entregar personalmente al órgano jurisdiccional una declaración del testamento del testador. El órgano jurisdiccional levantará acta de aceptación de la declaración de los testigos, la depositará en un sobre especial y la sellará. Lo mismo se aplica a la copia del acta de la reproducción oral del testamento del testador.

Si el testamento lo custodia un notario, este deberá expedir al testador un certificado de dicha custodia. Salvo que se especifique lo contrario en la escritura notarial, las copias o transcripciones del testamento solo podrán expedirse, en vida del testador, al propio testador o a una persona autorizada por este mediante un documento de autorización certificado. Después de la muerte del testador, dichas copias o transcripciones pueden expedirse después de que el testamento haya sido legalizado. Cuando un notario tenga conocimiento de que una persona cuyo testamento obra en sus archivos ha fallecido o ha sido declarada muerta, deberá enviar el original del testamento o el acta notarial de depósito de testamento al tribunal de sucesiones competente y dejar constancia de ello en el archivo donde se conservaba el original.

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