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Traductores e intérpretes jurados

Letonia
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El órgano jurisdiccional reconoce el derecho de las partes en procesos civiles que sean beneficiarias de asistencia jurídica gratuita o que estén exentas del pago de costas procesales, y que no dominen la lengua de procedimiento, a tomar conocimiento del expediente y a participar en el proceso con la asistencia de un intérprete.

El órgano jurisdiccional reconoce el derecho de las partes en los procesos contencioso-administrativos que no dominen la lengua de procedimiento, con excepción de los representantes de las personas jurídicas, a tomar conocimiento del expediente y a participar en el proceso con la asistencia de un intérprete.

El órgano jurisdiccional también puede decidir, a su total discreción, asignar un intérprete a una persona jurídica.

En los procesos penales, los acusados, las víctimas y sus representantes, los testigos, peritos, auditores y otras personas convocadas por el órgano jurisdiccional tienen derecho, cuando no dominen la lengua oficial del país, a utilizar en el curso del procedimiento una lengua que conozcan y a disponer gratuitamente de la asistencia de un intérprete proporcionado por el órgano jurisdiccional. En la fase preliminar, es el juez de instrucción o el órgano jurisdiccional quien se encarga de la participación de un intérprete para el examen de las cuestiones que se le hayan sometido.

En Letonia no existe una lista única u oficial de intérpretes o un reglamento sobre intérpretes/traductores, pero existen normas que establecen un procedimiento por el que una traducción de un documento a la lengua nacional puede certificarse si la ley no exige que se presente una traducción jurada notarial de un documento o si la ley no prevé ningún otro procedimiento.

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