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Práctica de pruebas por videoconferencia

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Finlandia
Contenido facilitado por
European Judicial Network
(in civil and commercial matters)

1 ¿Es posible obtener pruebas por videoconferencia, bien con la participación de un órgano jurisdiccional del Estado miembro solicitante, bien un órgano jurisdiccional de dicho Estado miembro directamente? En caso afirmativo, ¿cuáles son los procedimientos internos o las normas pertinentes aplicables?

Ambos procedimientos son posibles. En la solicitud debe indicarse claramente el procedimiento que prefiere el órgano jurisdiccional requirente.

Cuando la solicitud que se realiza es del tipo contemplado en los artículos 12 a 14 del Reglamento, son aplicables a la audiencia las disposiciones del Código Procesal Civil relativas a la obtención de pruebas.

2 ¿Existe alguna restricción en cuanto al tipo de persona a la que puede tomarse declaración por videoconferencia? Por ejemplo, ¿puede interrogarse solo a los testigos o puede interrogarse también de ese modo a otras personas, como los peritos o las partes?

No existen dichas restricciones en relación con los asuntos en materia civil y mercantil. Puede tomarse declaración por videoconferencia tanto a testigos como a peritos y partes.

3 ¿Qué restricciones existen, si las hay, en cuanto al tipo de pruebas que pueden obtenerse por videoconferencia?

No hay restricción.

4 ¿Existe alguna restricción respecto al lugar en que debe prestarse declaración por videoconferencia, es decir, tiene que ser en sede judicial?

No.

5 ¿Está permitido grabar los interrogatorios por videoconferencia y, en caso afirmativo, se pueden utilizar la instalación y el equipo existentes?

Si bien no está prohibida la grabación de las audiencias celebradas por videoconferencia, no todos los órganos jurisdiccionales tienen a su disposición el equipo necesario. Esto debe preguntarse específicamente en el momento de realizar la solicitud.

6 ¿En qué lengua debe llevarse a cabo el interrogatorio: a) cuando la solicitud se hace de conformidad con los artículos 12 a 14 del Reglamento sobre obtención de pruebas; y b) cuando se obtienen las pruebas de forma directa de conformidad con los artículos 19 a 21 del Reglamento sobre obtención de pruebas?

Cuando una solicitud se realiza en virtud de los artículos 12 a 14, la audiencia se desarrolla en finés o sueco. En el caso de una práctica directa de pruebas con arreglo a los artículos 19 a 21, el órgano jurisdiccional requirente decide qué lengua debe utilizarse.

7 Sin son precisos intérpretes, ¿a quién corresponde aportarlos y desde dónde deben prestar estos sus servicios a) cuando la solicitud se hace de conformidad con los artículos 12 a 14 del Reglamento sobre obtención de pruebas; y b) cuando se obtienen las pruebas de forma directa de conformidad con los artículos 19 a 21 del Reglamento sobre obtención de pruebas?

Cuando una solicitud se realiza en virtud de los artículos 12 a 14, la organización y el desplazamiento de los intérpretes pueden acordarse entre el órgano jurisdiccional requirente y el órgano jurisdiccional requerido. Cuando una solicitud se realiza en virtud de los artículos 19 a 21, el órgano jurisdiccional requirente es responsable de la contratación y el desplazamiento de los intérpretes.

8 ¿Qué procedimiento se aplica a los aspectos prácticos de la audiencia y para notificar a la persona que deba ser oída el momento y el lugar de la actuación a) cuando la solicitud se hace de conformidad con los artículos 12 a 14 del Reglamento sobre obtención de pruebas; y b) cuando se obtienen las pruebas de forma directa de conformidad con los artículos 19 a 21 del Reglamento sobre obtención de pruebas? En ambos supuestos, ¿cuánto tiempo hay que contemplar en el señalamiento de la audiencia para que la persona interesada pueda recibir la notificación con tiempo suficiente?

Cuando las solicitudes se realizan en virtud de los artículos 12 a 14, el órgano jurisdiccional requerido debe enviar una citación por escrito a la audiencia. Conviene conceder un plazo mínimo de dos a tres semanas desde la fecha de la notificación hasta la fecha de la audiencia. Cuando una solicitud se realiza en virtud de los artículos 19 a 21, el órgano jurisdiccional requirente es responsable de la notificación y los medios.

9 ¿Qué gastos conlleva el uso de la videoconferencia y cómo deben pagarse?

Cuando se toma declaración a una persona ante un tribunal con un equipo de vídeo de acuerdo con los artículos 12 a 14 del Reglamento, el uso de videoconferencia no genera costes adicionales, por lo general. Cuando se toma declaración a una persona fuera de un tribunal de acuerdo con los artículos 19 a 21, los costes de videoconferencia debe sufragarlos el órgano jurisdiccional requirente.

10 ¿Qué medidas se aplican, en su caso, para asegurarse de que la persona directamente interrogada por el órgano jurisdiccional solicitante haya sido informada de que su declaración tiene carácter voluntario?

En virtud del artículo 19, apartado 2, el órgano jurisdiccional requirente debe informar al interesado de que su comparecencia en la audiencia es de carácter voluntario.

11 ¿Qué procedimiento se aplica para verificar la identidad de la persona que debe ser interrogada?

Cuando una solicitud se realiza en virtud de los artículos 12 a 14, el órgano jurisdiccional requirente debe determinar la identidad de la persona que debe ser oída y verificarla, si procede, sobre la base de un documento de identificación o pasaporte. Cuando una solicitud se realiza en virtud de los artículos 19 a 21, el órgano jurisdiccional requirente debe verificar la identidad de la persona que debe ser oída.

12 ¿Qué requisitos rigen la toma de juramento o promesa y qué información debe comunicar el órgano jurisdiccional requirente cuando sean obligatorios juramento o promesa para obtener pruebas directamente con arreglo a los artículos 19 a 21 del Reglamento sobre obtención de pruebas?

No es aplicable ningún requisito específico de prestación de juramento a la práctica directa de pruebas en virtud de los artículos 19 a 21. Se prestará juramento de conformidad con la legislación correspondiente al órgano jurisdiccional que tome declaración al testigo.

13 ¿Qué medidas se aplican para asegurarse de que haya una persona de contacto en el lugar de la videoconferencia con la que pueda comunicarse el órgano jurisdiccional requirente y una persona que esté disponible el día de la audiencia para hacer funcionar el equipo de videoconferencias y para solucionar los problemas técnicos que se presenten?

El órgano jurisdiccional requerido debe indicar una persona de contacto a tal fin.

14 En su caso, ¿qué otra información debe comunicar el órgano jurisdiccional requirente?

— El órgano jurisdiccional requirente deberá indicar el nombre de la persona de contacto tanto para las disposiciones técnicas como para las cuestiones (jurídicas) específicas.

— En la solicitud deben figurar los datos (dirección de correo electrónico o número de teléfono) de la persona de contacto a través de los que se establecerá dicho contacto durante la audiencia, por ejemplo, en caso de que surja algún problema con el enlace de vídeo.

— En caso de diferencia horaria entre los países, la solicitud debe estipular si la hora indicada para la audiencia es la hora en el Estado requirente o la hora en el Estado requerido.

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