Debido a la diversidad de portales y páginas web disponibles para llevar a cabo procedimientos jurídicos en línea, realizar consultas o establecer nombramientos, el Ministerio de Justicia ha creado un repositorio centralizado de procedimientos en un portal de justicia electrónica denominado Sede Judicial Electrónica. Este portal ofrece una lista y una explicación de los procedimientos disponibles en el sistema judicial.
De conformidad con la Ley 18/2011, la Sede Judicial Electrónica está a disposición de los ciudadanos y los profesionales de la justicia para llevar a cabo procedimientos en el ámbito de la justicia bajo la competencia del Ministerio de Justicia. La Sede Judicial Electrónica incluye las siguientes jurisdicciones: el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y las comunidades autónomas de Extremadura, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Islas Baleares, Región de Murcia, Ceuta y Melilla. El resto de las comunidades autónomas tiene sus propias Consejerías de Justicia.
El portal web permite a los ciudadanos y a los profesionales de la justicia interactuar con la Administración de Justicia a través de internet, realizar consultas y llevar a cabo procedimientos por vía electrónica. A continuación, se ofrece más información sobre los procedimientos digitales, que también pueden consultarse aquí.
Finalidad y ámbito de aplicación: la Constitución española reconoce el derecho a la asistencia jurídica gratuita a aquellos que no dispongan de recursos suficientes para litigar. También cuando así lo disponga la ley en casos específicos.
Autoridad competente: el Consejo General de la Abogacía Española es el órgano representativo, coordinador y ejecutivo superior de los ochenta y tres Colegios de Abogados de España. Entre sus misiones fundamentales está la ordenación del ejercicio profesional de los abogados.
Condiciones de acceso: tener derecho a recibir asistencia jurídica gratuita.
- Aquellos que acrediten insuficiencia de recursos para litigar.
- Con independencia de la existencia de recursos para litigar, trabajadores y beneficiarios de la Seguridad Social (para defender sus derechos laborales), víctimas de violencia de género, de terrorismo y de trata de seres humanos (en juicios por su condición de víctimas), menores y personas con discapacidad psíquica que sean víctimas de abuso o maltrato.
Efectos jurídicos de los documentos electrónicos: no pertinente (no se presentan ni reciben documentos electrónicos).
Posibilidad de completar el procedimiento íntegramente en línea: no disponible. El sitio web ofrece información a los usuarios potenciales, que son remitidos a los Colegios de Abogados locales. No está claro si algunos de ellos permiten presentar una solicitud en línea para el servicio.
Coste: el servicio es gratuito.
Enlace: https://www.abogacia.es/servicios/ciudadanos/servicios-de-orientacion-juridica-gratuita/
Finalidad y ámbito de aplicación:
Se concede una indemnización a las víctimas de actos terroristas que hayan sufrido daños personales y materiales o a sus familias (https://www.interior.gob.es/opencms/pdf/servicios-al-ciudadano/ayudas-y-subvenciones/ayudas-a-victimas-de-actos-terroristas/documentos-informativos/Ayudas_indemnizaciones_victimas_terrorismo.pdf).
Otras reclamaciones de indemnización disponibles en el Ministerio del Interior
Los particulares tienen derecho a ser indemnizados por el Ministerio del Interior por los daños o lesiones que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia del funcionamiento normal o anormal de los servicios públicos del Ministerio del Interior, salvo en los casos de fuerza mayor o de daños que el particular tenga el deber jurídico de soportar de acuerdo con la Ley.
Son indemnizables por el Estado los daños y perjuicios sufridos por medios de transporte extranjeros de mercancías o colectivo de viajeros, su carga y ocupantes, que se hallen en territorio español realizando viajes de transporte internacional, siempre que dichos daños y perjuicios se deriven directamente de acciones violentas, indiscriminadas o selectivas, realizadas por personas identificadas o no y en relación a un litigio existente.
Autoridad competente: Ministerio del Interior.
Condiciones de acceso:
- Requisitos de admisibilidad: ser o representar a una víctima de un acto terrorista.
- Requisitos de identificación y autenticación: los usuarios pueden utilizar un certificado electrónico o el servicio de acceso Cl@ve explicado anteriormente.
- Documentos que deben proporcionarse: en función de la situación (muerte, lesiones permanentes, lesiones no permanentes, etc.), el solicitante debe presentar algunos de los siguientes documentos (que pueden cargarse en el formulario en línea):
- El certificado de defunción de la víctima (si procede).
- Fotocopia del libro de familia (documento de tipo pasaporte con información sobre el matrimonio y la filiación de una familia determinada).
- Denuncia o informe policial.
- Informes médicos o psicológicos.
- Sentencia judicial.
- Resolución administrativa.
- Otros documentos que acrediten la condición de víctima.
Efectos jurídicos de los documentos electrónicos: no se dispone de información sobre los efectos jurídicos.
Posibilidad de completar el procedimiento íntegramente en línea: sí.
Coste: gratuito.
Enlace: https://sede.mir.gob.es/opencms/export/sites/default/es/procedimientos-y-servicios/
Finalidad y ámbito de aplicación:
La Sede Judicial Electrónica ofrece a cualquier persona física o jurídica la posibilidad de presentar un escritos para interponer una demanda, si el importe se limita a:
- Escrito iniciador de monitorio civil: el importe total no tiene límite.
- Escrito iniciador de monitorio social: el importe total no puede exceder de 6 000 EUR cuando proceda de una relación laboral;
- Escrito iniciador de monitorio de comunidad de vecinos: el importe total no tiene límite;
- Escrito iniciador de juicio verbal: el importe total no puede exceder de 2 000 EUR;
- Escrito iniciador de ejecución de título judicial: el importe total para el que se despache ejecución no puede superar los 2 000 EUR.
Según la Ley de Enjuiciamiento Civil, las partes recibirán la asistencia de un abogado y un procurador cuando el importe del proceso supere los 2 000 EUR.
Autoridad competente: Ministerio de Justicia.
Condiciones de acceso:
- Requisitos de admisibilidad: este servicio está a disposición de todos los ciudadanos
- Requisitos de identificación y autenticación: los usuarios pueden utilizar un DNI electrónico, un certificado electrónico o el servicio de acceso Cl@ve explicado anteriormente.
- Documentos que deben proporcionarse: no se especifican en las orientaciones disponibles.
Efectos jurídicos de los documentos electrónicos: la presentación del documento requiere una firma electrónica válida (que es indispensable para acceder al sistema, por lo que no parece necesario ningún requisito adicional).
Posibilidad de completar el procedimiento íntegramente en línea: sí.
Coste: el servicio es gratuito.
Enlace: https://sedejudicial.justicia.es/-/presentacion-de-escritos
Finalidad y ámbito de aplicación:
La Sede Judicial Electrónica ofrece a los ciudadanos la posibilidad de iniciar sesión en una «zona personal» en la que se puede acceder a los documentos y almacenarlos, y pueden configurarse y consultarse notificaciones. Los servicios disponibles incluyen:
- El acceso a los procedimientos judiciales en los que es parte el ciudadano.
- Los servicios de comunicación a los que el ciudadano esté suscrito.
- La creación, la presentación y el almacenamiento de escritos (se explican más arriba).
- El acceso al poder notarial en el que el ciudadano es parte.
- El acceso a la documentación que se ha compartido con el ciudadano en el marco de los procesos judiciales en los que es parte.
- Las notificaciones relacionadas con los procedimientos judiciales del ciudadano.
- El acceso al Código Seguro de Verificación (CSV) que permite a los ciudadanos verificar la validez del código alfanumérico que figura en todos los documentos electrónicos emitidos digitalmente por los órganos jurisdiccionales y el Ministerio de Justicia. toda copia en papel de los originales electrónicos del Ministerio se considera una copia auténtica si incluye el CSV.
- La consulta sobre la evolución de los procedimientos jurídicos.
- El nombramiento judicial previsto.
- La consulta de expedientes judiciales electrónicos.
- Las subastas electrónicas.
Además, existe una carpeta ciudadana facilitada por el Gobierno central en la que se unifican todos los documentos y procedimientos que obran en poder de todos los organismos de la administración pública sobre el ciudadano. Esta carpeta parece estar en fase de desarrollo. Es accesible mediante certificado electrónico o el servicio de acceso Cl@ve
Autoridad competente: Ministerio de Justicia.
Condiciones de acceso:
- Requisitos de admisibilidad: este servicio está a disposición de todos los ciudadanos
- Requisitos de identificación y autenticación: los usuarios pueden utilizar su DNI, un certificado electrónico o el servicio de acceso Cl@ve explicado anteriormente.
- Documentos que deben proporcionarse: depende de la solicitud. Para acceder al servicio, no se requieren documentos.
Efectos jurídicos de los documentos electrónicos: los documentos electrónicos se firman digitalmente.
Posibilidad de completar el procedimiento íntegramente en línea: sí.
Coste: este servicio es gratuito.
Enlace: https://sedejudicial.justicia.es/group/guest/area-privada
Finalidad y ámbito de aplicación: Las subastas electrónicas se anuncian mediante avisos publicados en la sección «Administración de Justicia» del portal del Boletín Oficial del Estado (BOE). y en el propio Portal de Subastas.
Según el Derecho español, la venta también puede ser realizada por especialistas o entidades, públicas o privadas, y, cuando la autoridad judicial lo acepte, la venta o subasta debe cumplir las normas de dicha entidad, siempre que no sean incompatibles con el objetivo de ejecución o protección de los intereses tanto del ejecutante como del ejecutado, conforme al artículo 641 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
El párrafo primero de la citada disposición establece que los Colegios de Procuradores pueden asumir estas funciones y han creado su propio portal de subastas electrónicas a tal efecto.
Autoridad competente: Ministerio de Justicia.
Condiciones de acceso: ninguno.
Efectos jurídicos de los documentos electrónicos: no procede.
Posibilidad de completar el procedimiento íntegramente en línea: sí.
Coste: ninguno.
Enlace: Las subastas electrónicas se anuncian mediante avisos publicados en la sección «Administración de Justicia» del portal del Boletín Oficial del Estado (BOE). y en el propio Portal de Subastas.
Finalidad y ámbito de aplicación:
El servicio de acceso a los servicios de mediación no está disponible en España. Solo pueden prestarse por vía electrónica los servicios de registro de mediadores e instituciones de mediación.
Autoridad competente: Ministerio de Justicia (el Gobierno central para algunas comunidades autónomas), Consejerías de Justicia para las comunidades autónomas con competencias descentralizadas en materia de justicia.
Condiciones de acceso: no procede.
Efectos jurídicos de los documentos electrónicos: no procede.
Posibilidad de completar el procedimiento íntegramente en línea: No.
Coste: no procede.
Enlace: https://www.mjusticia.gob.es/es/ciudadania/tramites/registro-mediadores
Finalidad y ámbito de aplicación:
El portal Centro de Información y Red de Creación de Empresas (CIRCE) para la constitución de sociedades facilitado por el Ministerio de Industria, Comercio y Turismo proporciona información para la constitución de empresas y sociedades en línea. A través del portal se pueden inscribir:
- Sociedades de responsabilidad limitada
- Comunidad de bienes
- Entidades sin ánimo de lucro
- Trabajadores/as por cuenta propia
Para constituir una sociedad, el empresario debe cumplimentar el documento único electrónico (DUE). Este documento incluye varios formularios y su cumplimentación puede resultar difícil. La Dirección General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa dispone de un conjunto de vídeos explicativos para cada sección del DUE (cursos en línea).
Además, se han creado las siguientes redes de apoyo a los emprendedores:
- La red PAE: los Puntos de Atención al Emprendimiento (PAE) son oficinas dependientes de administraciones públicas y entidades públicas y privadas, así como asociaciones profesionales, organizaciones empresariales y cámaras de comercio que prestan apoyo personal;
- PAE Electrónico: apoyo en línea para llevar a cabo los procedimientos para la constitución y puesta en marcha de la sociedad o la inscripción digital como trabajador por cuenta propia.
El servicio también permite a los ciudadanos que hayan iniciado el procedimiento de constitución de una sociedad o la inscripción como trabajadores por cuenta propia consultar el estado de su expediente.
Autoridad competente: Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
Condiciones de acceso:
- Requisitos de admisibilidad: el servicio es accesible de todos los ciudadanos.
- Requisitos de identificación y autenticación: los usuarios pueden utilizar un certificado electrónico o el servicio de acceso Cl@ve explicado anteriormente.
- Documentos que deben proporcionarse: en función de la forma jurídica elegida, debe facilitarse una serie de documentos, lo que hace que el procedimiento sea más o menos complejo.
Efectos jurídicos de los documentos electrónicos: no procede.
Posibilidad de completar el procedimiento íntegramente en línea: sí.
Coste: el servicio es gratuito (con exclusión de las tasas para llevar a cabo el procedimiento de constitución de una sociedad).
Enlace: http://www.creatuempresa.org/es-ES/Paginas/CEHome.aspx
No procede.